Estas son las excepciones para la cuarentena en Bogotá | El Nuevo Siglo
Foto Diana Rubiano- El Nuevo Siglo
Domingo, 31 de Mayo de 2020
Redacción Web

A través del decreto N°. 131 de 31 de mayo de 2020, la Alcaldía de Bogotá anunció las excepciones que tendrán la cuarentena en la capital a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020. 

Así las cosas sólo se permitirá la circulación de las personas y vehículos que se desempeñen o sean indispensables para prestar o recibir los siguientes servicios y labores:

Todas las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el registro de movilidad segura en la plataforma www.bogota.gov.co/bogota-cuidadora. 

Para verificar en cualquier momento la debida inscripción y registro de movilidad segura en la plataforma www.bogota.gov.co/bogota-cuidadora e imponer las sanciones correspondientes en caso de que no se haya hecho el registro respectivo.

Cabe recordar que las personas que desarrollen las actividades mencionadas deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia en particular el uso obligatorio del tapabocas, la distancia física de mínimo un metro y el lavado de manos constante.

De igual manera, la Alcaldía aclaró que algunas medidas continúan como se han venido implementando, es decir, se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para realizar la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad y ordinario consumo.

En cuanto a los niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieran asistencia de personal capacitado, que deban salir de su lugar de residencia o asilamiento, podrán hacerlo acompañados de una persona que les sirva de apoyo.

Así mismo, a partir de este lunes las empresas y establecimientos de comercio que realicen las nuevas actividades exceptuadas descritas por el Gobierno Nacional, podrán dar inicio al requisito de inscripción en la plataforma www.bogota.gov.co/reactivacion-economica. 

Teniendo esto en cuenta, la Administración Distrital podrá establecer pilotos con estos nuevos sectores para iniciar su reactivación y establecer los protocolos de bioseguridad y planes de movilidad segura.