Lupa de Procuraduría en investigación a Uribe | El Nuevo Siglo
Archivo
Martes, 2 de Octubre de 2018
Redacción Nacional

Un acompañamiento por parte de un agente especial anunció este martes el procurador Fernando Carrillo a la investigación que adelanta la Corte Suprema de Justicia al senador Álvaro Uribe y al representante por el Huila, Álvaro Hernán Prada, por un caso de supuesta manipulación de testigos.

Esta observación fue solicitada por la defensa del expresidente, quienes consideran que se ha violado el debido proceso.

El procurador Carrillo dijo que "vamos a estar como garantes de los que suceda dentro del proceso".

El anuncio de Carrillo se hace después que la Corte anunciara que interceptó por error una línea telefónica de Uribe, creyendo que se trataba de la perteneciente al representante a la Cámara por el departamento del Chocó, Nilton Córdoba Manyoma, a quien también investiga.

De igual forma, el lunes el relator especial de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados Diego García-Sayán formuló en una carta varias preguntas al Estado colombiano sobre la forma como se ha adelantado en la Corte la investigación al expresidente Uribe y el representante Prada, al tiempo que dejó entrever que se ha presentado manipulación de testigos y “vulneración al debido proceso por haber sido conocido su caso por juez no competente habiéndose invadido la competencia de la sala Especial de Instrucción”.

La carta dice que el 16 de febrero la Sala de Casación Penal habría ordenado investigar a Uribe habiendo “perdido la competencia” desde la adopción del Acto Legislativo según el cual “la investigación debería estar a cargo de la Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema”.

Además señaló la carta, que en el caso de Uribe se habría incurrido en: a) vulneración al debido proceso por haber sido conocido su caso por juez no competente habiéndose invadido la competencia de la Sala Especial de Instrucción, b) vulneración de la igualdad en el proceso penal al negársele acceso al expediente y, en consecuencia, a interrogar testigos de cargo, c) falta de imparcialidad de la Sala de Casación Penal, d) restricción de acceso a la doble instancia, e) quebramiento del principio de igualdad en los tribunales.