POT de Bogotá tendría vigencia de 12 años | El Nuevo Siglo
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Lunes, 20 de Mayo de 2019
Redacción Nacional

El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que se está diseñando tendría una vigencia de 12 años. Según el Artículo 2 de la Ley 388 de 1997, los principios del ordenamiento territorial se fundamentan en la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

Para el concejal Hosman Martínez, “es relevante el impacto económico, social, político, cultural, ambiental, etc, que surgirá de la propuesta de división territorial que se presentará en el Distrito Capital. Lo primordial es mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de Bogotá, D.C., y de los visitantes de la misma”.

Indica el cabildante que el POT tiene una función muy importante en el territorio nacional, puesto que este define el lugar adecuado para construir parques, colegios, hospitales, viviendas, oficinas, comercios e industrias. Por ende, este Plan se encarga de ordenar el territorio urbano y rural, tanto en el sector público, como en el sector privado, con el fin de facilitar el acceso de los ciudadanos a servicios públicos, vías y a mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio.

Asimismo, en el Artículo 9 de Ley 388 de 1997, se afirma que los planes de ordenamiento del territorio se denominarán:

a) Planes de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los distritos y municipios con población superior a los 100.000 habitantes.

b) Planes básicos de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los municipios con población entre 30.000 y 100.000 habitantes.

c) Esquemas de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades de los municipios con población inferior a los 30.000 habitantes.

Comienzos

Cabe recordar que Bogotá, D.C., adoptó el primer Plan de Ordenamiento Territorial en el 2000, bajo el Decreto Distrital 619, y los temas concertados fueron la estructura ecológica principal, el manejo integral de los residuos sólidos, el marco regional para el ordenamiento territorial, los Cerros Orientales, acogiendo las normas contempladas en la Resolución Ejecutiva 76 de 1977, expedida por el Presidente de la República de Colombia, y El Documento Técnico de Soporte, con los ajustes correspondientes.

De igual forma, el Plan de Ordenamiento Territorial presentado en 2018 tiene como reto que la ciudad siga en crecimiento, el cuidado del espacio público, la inclusión social, la producción ecoeficiente, recuperación del patrimonio, entre otros.

 

Anulan POT de Petro

El juez segundo administrativo de Bogotá anuló el Decreto 364 de 2013, que fue expedido por el entonces alcalde Gustavo Petro y que modificó el Plan de Ordenamiento Territorial.

En la decisión judicial se argumenta que Petro se extralimitó en sus competencias al expedir el decreto pues esta facultad es exclusiva del Concejo de Bogotá.

El Decreto 364 modifica las normas urbanísticas del POT permitiendo la redensificación, la mezcla de usos en un mismo suelo y le daba facultades excepcionales al Alcalde Mayor para acelerar el cumplimiento y la concreción de obras de desarrollo urbano, entre otras.

Sin embargo, fue suspendido poco después de su expedición y se mantuvo así por cuenta de medidas cautelares debido a que se alegaba su ilegalidad.

Fuentes del Distrito consultadas aseguran que esta decisión judicial no afecta proyectos aprobados después de expedido este decreto, pues por haber estado suspendido, la mayoría de licencias se aprobaron con base en el POT inmediatamente anterior.