Sin pruebas de EU avanzará en la JEP el caso ‘Santrich’ | El Nuevo Siglo
Foto archivo AFP.
Martes, 29 de Enero de 2019
Redacción Nacional

Ayer a las 5:30 de la tarde venció el plazo de 40 días que había dado la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) a la Fiscalía colombiana y a la justicia de Estados Unidos para que le hicieran llegar las pruebas que soportan el pedido de extradición del excomandante desmovilizado de las Farc, Seuxis Paucias Hernández Solarte (Jesús Santrich), señalado de participar después de la firma del acuerdo en una conspiración para traficar 10 toneladas de cocaína.

No obstante, con el precedente que el país del norte no allegó lo solicitado, se anunció que el proceso continuará corriendo traslado para alegatos, por el término de cinco días hábiles a las partes procesales (Procuraduría, el solicitante y su defensor).

La Sección de Revisión informó que “una vez vencido el término para el traslado, la sección procederá a presentar oportunamente a su plenaria el respectivo proyecto de decisión para estudio y resolución definitiva”.

El pasado 23 de octubre, la Sección de Revisión mediante Auto 059, le solicitó a través de la Cancillería y el Ministerio de Justicia al Gobierno de Estados Unidos colaboración para la obtención de material probatorio necesario para definir la situación de Hernández Solarte. Este último remitió a la Embajada de Estados Unidos la respectiva carta rogatoria, el 10 de diciembre de 2018.

En dicho Auto la Sección de Revisión estableció que si transcurridos 40 días después de la solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores no se recibía ese material probatorio, se procedería a continuar con el trámite de garantía de no extradición y “se adoptaría la decisión que corresponda con base en los medios obrantes en el proceso”.

En noviembre pasado el embajador de Estados Unidos, Kevin Whitaker, dijo que es la primera vez en este tipo de procesos que reciben una solicitud de Colombia de presentar las pruebas y que para el caso ‘Santrich’ van a “actuar conforme al tratado de extradición, lo que debemos demostrar es causa probable”.

Sin las pruebas de Estados Unidos la Sección de Revisión solo cuenta con la copia espejo que le remitió la Fiscalía con las interceptaciones a Marlon Marín (sobrino de ‘Iván Márquez’), en donde es mencionado ‘Santrich’ y supuestamente se habla de la intención de enviar cocaína.

La JEP es resultado del Acuerdo de Paz con el propósito de sancionar vía justicia transicional los delitos graves cometidos en conflicto.

El acuerdo establece la garantía de no extradición a los desmovilizados de las Farc, salvo que cometan delitos después de la firma del mismo. En este sentido la JEP tiene un papel clave pues en casos como el de ‘Santrich’ debe determinar la fecha en que se produjo el supuesto delito.

Si determina que la fecha fue antes de la firma del acuerdo (1° de diciembre de 2016) se cae la extradición y ‘Santrich’ seguiría en esta jurisdicción procesado por los hechos del conflicto.

Si la JEP encuentra que el delito fue posterior a la firma del acuerdo, ‘Santrich’ sería excluido de esta jurisdicción, su proceso sería enviado a la justicia ordinaria, en donde su extradición sería casi un hecho.

Ahora hay que esperar si la JEP encuentra suficiente las pruebas que entregó la Fiscalía para resolver el caso ‘Santrich’ o si, por el contrario, determina que sin las pruebas de Estados Unidos no le es posible establecer la fecha del supuesto delito.

En este último caso este proceso quedaría en un limbo y la extradición en veremos.