El abogado defensor del expresidente Álvaro Uribe Vélez, Jaime Enrique Granados, interpuso una acción de tutela contra el Juzgado 44 Penal del Circuito de conocimiento de Bogotá, donde se avanza el proceso del exmandatario, argumentando una presunta violación del derecho fundamental del debido proceso.
El procedimiento fue presentado luego de que el exdirigente se retirara de la audiencia preparatoria por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal en actuación penal, que se llevó a cabo el pasado miércoles 2 de octubre, argumentando que no tenía garantías por parte de la juez.
“Estoy condenado sin pruebas, no me permiten pruebas”, expresó Uribe antes de retirarse.
En la acción de tutela se señala que el derecho fundamental al debido proceso y a la defensa fue transgredido cuando en el juzgado no se concediera, mediante orden judicial, la prórroga justificada que se le había solicitado, con miras a poder verificar, por parte de la defensa, señalando que el material habría sido puesto en manos del abogado Granados desde el lunes 30 de septiembre sobre las 7 de la noche, según el defensor, se impidió que se verificaran los contenidos para poder actuar con base a las nuevas pruebas.
Según lo expresado por el abogado, se forzó a la defensa a "presentar su descubrimiento probatorio a pesar de los requerimientos fundamentados y de la proporcionalidad de lo pedido, en tanto se pedían escasos siete días para poder hacer la labor de verificación", además de continuar con el trámite de la audiencia, a pesar de lo manifestado.
Pese a los esfuerzos de su defensa y la solicitud de la Procuraduría para extender el plazo, la jueza Sandra Heredia se mantuvo firme en su decisión, aduciendo que cualquier retraso adicional podría afectar el proceso, que enfrenta riesgo de prescripción en 2025.
La jueza ha asegurado que “para evitar que el proceso se dilate en forma innecesaria porque, repito, el descubrimiento probatorio ya lo tuvo el señor defensor. Podría también entonces el despacho asegurar que la defensa parte del principio de la mala fe en la Fiscalía y que esa copia espejo no corresponda entonces con la información que obtuvo de los originales que reposan en la Corte Suprema de Justicia. En manera alguna se puede suspender este acto procesal para realizar una verificación de una información con la que ya se cuenta desde el 12 de septiembre”.