Ministerio de Justicia explicó estatuto de conciliación | El Nuevo Siglo
Ministerio de Justicia
Martes, 27 de Septiembre de 2022
Redacción Nacional

En la Universidad Externado se celebró un conversatorio acerca del nuevo estatuto de conciliación en lo administrativo, el cual entrará en vigencia a partir del 30 de diciembre del presente año.

Se recordó que con esta nueva norma, la conciliación se guiará por varios principios enfocados en la garantía de acceso a la justicia, celeridad, confidencialidad, independencia del conciliador, seguridad jurídica, neutralidad e imparcialidad, entre otros.

Además, con este estatuto se crea el Centro Nacional de Conciliación y el Consejo Nacional de Conciliación, se fortalece el andamiaje institucional y se da estímulos a las personas para que concilien.

Una de las innovaciones, según se explicó, es que el estatuto prioriza la gratuidad de la prestación del servicio como garantía de acceso para las personas en condición de desplazamiento o de vulnerabilidad y, por otra parte, contempla el uso de las nuevas tecnologías: la conciliación se podrá realizar en forma digital, electrónica, mixta o presencial.


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“Debemos trabajar como país en darle mayor visibilidad a la figura de la conciliación. Esta nueva Ley es un acierto para resolver los conflictos y una gran herramienta para la ciudadanía. Si la cultura jurídica de nuestra sociedad sigue alimentando más el deseo de venganza y el deseo de reparación, estas leyes no van a tener todos los beneficios que podrían tener. En este sentido, la apuesta del Gobierno sí es cambiar ese chip cultural e ir hacia un mundo de conciliación, acuerdos y concertación”, aseguró Néstor Osuna, ministro de Justicia y el Derecho.

Según Roberto Serrato, consejero de Estado, hay una necesidad de trabajar en los problemas asociados porque en nuestro país no se concilia “ya que el panorama actual nos dice que hay una tendencia al alto crecimiento de las pretensiones económicas”.

Hernando Parra Nieto, rector del Externado, manifestó que estas disposiciones serán aplicables a la conciliación en materia policiva, civil, familia y laboral, además de asuntos contencioso-administrativos: “La búsqueda incesante de descongestión de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por medio de la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, su trámite administrativo ante la Procuraduría, las nuevas atribuciones de los agentes del Ministerio Público y de la Contraloría General, así como el control judicial de los acuerdos conciliatorios”.