Necesario que el Marco Jurídico para la Paz se ajuste al Estatuto de Roma: Hoyos | El Nuevo Siglo
Miércoles, 24 de Septiembre de 2014

De aplicarse el Marco Jurídico para la Paz tal como está en una eventual desmovilización de las Farc se darían las condiciones para que intervenga la Corte Penal Internacional, pues Colombia al adherir a ese tratado, se comprometió, entre otros, a que paguen cárcel los máximos responsables de delitos de lesa humanidad.

Así lo señaló Samuel Alejandro Hoyos Mejía, representante a la Cámara por Bogotá por el Partido Centro Democrático.

EL NUEVO SIGLO: ¿Por qué dice que es necesario ajustar el Marco Jurídico para la Paz?    

SAMUEL ALEJANDRO HOYOS MEJÍA:Ya radicamos un proyecto en ese sentido en la secretaría de la Cámara, y lo que hace es muy sencillo: coger el Marco Jurídico para la Paz y ajustarlo a los criterios del Estatuto de Roma y de la justicia penal internacional. Esto es a grandes rasgos el proyecto, ¿por qué? Porque por ejemplo, en el Estatuto de Roma no es admisible que los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra paguen penas alternativas de la libertad o que haya suspensión de la ejecución de las penas. Colombia se comprometió a que haya penas privativas de la libertad para los máximos responsables de estos delitos de trascendencia internacional. 

Entonces, no es una decisión del Gobierno, no es que el Gobierno pueda decidir  hacer otra cosa  o que la Fiscalía autorice, no. Colombia ya está obligada, y si no lo ajustamos la Corte Penal Internacional podría investigarnos formalmente por estos hechos y podría perseguir penalmente a los responsables de estos hechos, y el Estado también tendría que responder ante La Corte Interamericana de Derechos Humanos, por ejemplo.

No me estoy inventando nada con esto, estoy ajustándolo a esos criterios a los que Colombia está obligada porque ha suscrito y ha ratificado dichos tratados. Para no violarlos, nos toca ajustar el Marco Jurídico para la Paz.

Otro aspecto muy importante que tiene la modificación, que también lo tiene el Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional, es que las víctimas de esos delitos puedan participar activamente en los procesos penales que se lleven contra los presuntos responsables de esos delitos. Ellas van a estar en los procesos porque para conocer la verdad, las víctimas son un factor fundamental para poder esclarecerla, además de ser un derecho de ellas. Es parte de su reparación poder participar en dichos procesos.

Por otra parte, utiliza el Marco Jurídico la palabra sistemática, cometidos de manera sistemática esos delitos. Pues la sistematicidad según el Estatuto de Roma es un criterio aplicable  a los crímenes de lesa humanidad. No es un criterio aplicable al genocidio ni a los crímenes de guerra. Si pretendemos aplicar el criterio de sistematicidad al genocidio y los crímenes de guerra, hacemos que sea prácticamente imposible probarlos, lo cual es una garantía para la impunidad. Y es un criterio que no está contemplado en el sistema penal internacional. El criterio de sistematicidad es solo para los crímenes de lesa humanidad, y acá pretenden aplicar a los tres delitos, eso no es posible, eso viola también el Estatuto de Roma.

Esas son las tres reformas fundamentales: que paguen con penas privativas de la libertad los máximos responsables, que las víctimas participen activamente en los procesos penales y eliminar el criterio de sistematicidad para esos delitos.

ENS: ¿Algún otro cambio al Marco Jurídico?

SAHM: Ahí habla de la dejación de las armas, creemos que es fundamental la entrega de las armas. Entonces cambiamos el término dejación por entrega de armas.

ENS: ¿Una pena de pocos años de cárcel para máximos responsables sería admisible a la luz del Estatuto de Roma?   

SAHM: En el marco de algún proceso de paz o de una justicia transicional puede haber reducción de las penas, lo que no puede haber es suspensión  en la ejecución de las penas. Entonces que ellos vayan a la cárcel, probablemente si los juzgáramos en un escenario normal tendrían que pagar, no sé…60 años o lo que sea; en un proceso de justicia transicional pueden ser menores esas penas, pero tienen que ir a la cárcel.

Entonces se pueden reducir, eso ya lo tendrá que establecer la justicia; lo que la Corte Penal Internacional no acepta es que sean penas que no se compadezcan con la gravedad de los delitos cometidos. Ellos van a aceptar que en un marco de justicia transicional hay una reducción significativa de las penas. Y la idea no es hacer una justicia de vencedores ni una cosa vengativa, no, pero es que es un derecho de las víctimas y Colombia está obligada a que estos señores vayan a la cárcel.  

 

Señales

El Parlamentario uribista consideró que si lo que dice el Gobierno es cierto de que no habrá impunidad, “pues no tendrá problema en apoyar este proyecto. Si de frente dice no, pues ahí nos empezaremos a enterar que no va a ser así, y también es sano para el país tener las cosas claras y saber de entrada que el Gobierno no pretende que los máximos responsables de esos delitos vayan a las cárceles”.