Se necesita esquema legislativo para regular el asbesto | El Nuevo Siglo
Nadia Blel, senadora del Partido Conservador.
Sábado, 12 de Noviembre de 2022
Redacción Política

Durante el foro Asbesto en Colombia, organizado por la Universidad del Rosario y la Fundación Ana Cecilia Niño, intervino la senadora del Partido Conservador Nadia Blel, quien habló sobre el proyecto de ley que prohíbe el uso de esta fibra mineral en Colombia.

EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo va la implementación del proyecto de Ley sobre asbesto en Colombia?

NADIA BLEL: Este documento plasma la necesidad de que a través del Congreso de la República se legisle en torno a la prohibición del asbesto, toda vez que se reconocen los efectos nocivos para la salud derivados de la manipulación de este mineral. La materialización del Estado Social de Derecho en el área de la salud pública exige que el Estado garantice la prevención de futuras afectaciones del bienestar físico o psicológico de sus habitantes; esto conlleva a realizar una ponderación de los riesgos y afectaciones a la salud, de tal forma que se implementen las medidas eficaces y eficientes para aminorar el impacto de factores externos. Es de allí que surge la necesidad de implementar un esquema legislativo que trascienda de la implementación segura de asbesto a la prohibición de la manipulación del mismo, utilizando como medio la sustitución de este mineral por sustancias menos nocivas, de tal forma que se constituya en una medida preventiva eficiente frente al impacto que ha generado en la salud de los colombianos.

ENS: ¿Cómo se encuentra la situación en Colombia?

NB: En Colombia, a pesar de que se calcula que mueren cerca de 320 personas al año a causa de alguna enfermedad relacionada con el asbesto, las regulaciones normativas en relación al asbesto en nuestro ordenamiento jurídico se remiten al convenio internacional de la OIT aprobado por la ley 436 del 11 de febrero de 1998, convenio que tiene por objetivo esencial “prescribir las medidas que habrán de adoptarse para prevenir y controlar los riesgos para la salud debidos a la exposición profesional al asbesto y para proteger a los trabajadores contra tales riesgos”, que posteriormente fue regulado con la resolución número 007 de 4 de noviembre de 2011.

De tal forma que se implementa un esquema precario de “uso seguro”, que día a día se proyecta como una amenaza a la salud pública y además desconoce el avance de carácter internacional. Los descubrimientos médicos han determinado que todas las formas de asbesto son cancerígenas para el ser humano y que la exposición laboral ha causado más de 107 mil muertes anuales por cáncer de pulmón relacionado con el asbesto. Todo esto ha llevado a que se haga un llamado internacional para la sustitución de este material y la prohibición de su manipulación. En la actualidad más de 50 países de todo el mundo lo han prohibido, incluyendo todos los miembros de la Unión Europea.

ENS: ¿Qué dice la ley con respecto a las licencias para la explotación de asbesto?

NB: A partir de la expedición de la ley, no podrían otorgarse nuevas concesiones, licencias o permisos, ni prórrogas o renovaciones a las vigentes para la explotación y exploración del asbesto en el territorio nacional. Vale recordar que el Gobierno estableció un régimen de transición para que en el término de cinco años, a partir de la promulgación de la ley, las actividades que cuenten con contrato y licencia ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente sean terminadas y se proceda a compensación cuando esta sea pertinente. No obstante, mientras dure el periodo de transición el Ministerio de Minas y el Ministerio del Trabajo evaluarán anualmente el cumplimiento de las regulaciones de orden técnico, de higiene, seguridad y laborales sobre la exploración y explotación de asbesto, a las concesiones, licencias o permisos vigentes. Así mismo, el Ministerio del Trabajo, a través de las direcciones territoriales, velará para que se dé estricto cumplimiento a la normatividad vigente del uso seguro dada por medio del Ministerio de Salud y Protección Social.