Madres cabeza de hogar pueden cumplir su pena con trabajo social | El Nuevo Siglo
EL 74,9% de las mujeres que están presas son cabezas de hogar, según cifras entregadas por el senador Rodrigo Lara.
El Nuevo Siglo
Miércoles, 27 de Octubre de 2021
Redacción Política

Luego de que el presidente Iván Duque objetara la Ley por inconstitucionalidad, las plenarias de Cámara y Senado volvieron a aprobar la iniciativa legislativa que ahora será estudiada por el máximo órgano judicial.

Se trata del proyecto de Ley que presentó el senador Rodrigo Lara ante el Congreso para que las mujeres madres cabeza de hogar, que no hayan reincidido en delitos, puedan cumplir su condena mediante trabajo comunitario.

Este proyecto busca básicamente que para mujeres pobres cabeza de hogar que hayan cometido un delito menor, sin uso de la violencia y por primera vez, se les pueda sustituir la pena de prisión por una pena de trabajo de utilidad pública, de tal manera que esa pena se purgue ayudando a la comunidad, a través de diversas labores como hacer restauración de parques o de espacio público, cuidar adultos mayores, y de esa manera no separar a la madre de sus hijos.

Lo que se busca es evitar que los niños queden desamparados, aislados, de casa en casa, sin hogar, entrando en la droga, en el licor y en los círculos de reproducción del crimen.

El Gobierno nacional rechazó la iniciativa por unos argumentos que el senador Lara se atrevió a calificar de contradictorios, “porque por una parte el Gobierno nacional señala que comparte el concepto emitido por el Consejo Nacional de Política Criminal que acató este proyecto, que tiene un aval del Ministerio de Justicia y el Gobierno afirma que saluda el espíritu de esta iniciativa, porque está acorde con la nueva tendencia de alternatividad penal, adoptando una medida diferente para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, como es el servicio de utilidad pública”.


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El argumento que señala el Gobierno es que no comparte que aquí se incluyan los delitos de microtráfico. Y es que el 60% de las mujeres que están presas por delitos menores, corresponden a microtráfico, aquí justamente ese proyecto fue aprobado por eso. Y en un 85% no cometieron ese delito con violencia, y lo cometieron por primera vez en un 87%, entonces lo que se buscó resolver con ese proyecto precisamente es eso”, insistió el congresista.

“Luego el Gobierno considera que nosotros erramos por no haber extendido este proyecto a los padres cabeza de hogar. No entiendo. No está de acuerdo con el proyecto, pero luego sale a decir que por qué no se lo extendimos a los padres cabeza de hogar. Esta es una ley que básicamente tiene un enfoque penal de género, es la primera reforma penal con un enfoque de género. Y las circunstancias de las mujeres que están presas, pues son muy distintas de las circunstancias de los hombres que están presos, así lo han reconocido diferentes tratados internacionales y recomendaciones de Naciones Unidas como la de Bangkok”, explicó Lara en la sesión de ayer del Senado.

“Hay que legislar con un enfoque de género para las madres cabeza de hogar que estén en situación de prisión, porque el 74,9% de las mujeres que están presas son cabezas de hogar, cosa que no ocurre con los hombres, donde el porcentaje es mucho menor”, indicó.

El 73,4% son mujeres que vivían con sus hijos antes de ser detenidas. Y en el 54,3% de las mujeres encuestadas en este estudio hecho por Naciones Unidas, esas mujeres eran las cuidadoras principales de sus hijos antes de ser privadas de su libertad”, reveló el senador.

La Corte Constitucional deberá establecer la exequibilidad de la iniciativa legislativa en un término de seis días hábiles.

Requisitos para acceder a beneficios

Las penas alternativas a la detención intramural permitirán la consecución de justicia retributiva y alcanzar el fin resocializador de la pena de este grupo de mujeres, previo cumplimiento de ciertos criterios. Los requisitos para acceder a dicho beneficio son:

· Ser mujer madre cabeza de familia.

· No tener antecedentes penales dentro de los cinco (5) años anteriores al delito.

· Estar condenada a penas menores o iguales a los ocho (8) años.

· No haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la seguridad de su hijo.

Con esta Ley se busca recuperar el trato digno hacia las mujeres privadas de la libertad. Finalmente, la medida aparece como una importante solución al problema del hacinamiento en los centros penitenciarios y carcelarios del país.