67 medidas | El Nuevo Siglo
Viernes, 28 de Junio de 2019

El presidente Duque anunció 67 medidas que significan 1.2 billones de pesos para aliviar la complicada situación de conectividad que atraviesa el llano colombiano por el colapso de la vía que allí conduce. Destaco dos medidas: la reducción al 0% de la tasa aeroportuaria para los vuelos desde Bogotá a Villavicencio y viceversa, y la reducción del 50% del costo de los peajes en los corredores alternos que conducen al llano. Es sin duda una gran gestión y una muestra de solidaridad del sector privado para ayudar al gobierno a solucionar esta crisis.

Pero a estas medidas se suma una petición de la Procuraduría General la cual, si me parece, en parte, ilegal.  Pues, solicita una política de regulación del transporte aéreo. ¿Para qué? para proteger a los ciudadanos afectados por el cierre de la vía Bogotá – Villavicencio.  ¿Qué pide? adoptar un plan integral con mayor frecuencia de vuelos y pluralidad de prestadores del servicio. Adicionalmente, como medida cautelar solicita que Aerocivil fije una tarifa máxima para los tiquetes aéreos entre Bogotá y Villavicencio y viceversa.

Si bien la necesidad y conveniencia del servicio público de transporte aéreo entre Bogotá y Villavicencio y viceversa está suficientemente demostrada. Y tal vez el mercado también lo está.  No es suficiente para que haya más aerolíneas.

Hay que recordarle al Ministerio Público que, para que haya más aerolíneas, primero debe existir un interés particular de una aerolínea de operar esa ruta. Si bien, el Estado sí puede revocar un permiso de operación a una aerolínea, pues es el titular del bien jurídico más importante que se otorga en un permiso de operación para que lo explote la aerolínea, es decir las rutas aéreas, el Estado no puede obligar a las aerolíneas a aumentar frecuencias o a iniciar operaciones sobre la ruta que el Estado quiera.

Tal vez el único caso es Satena pues por su naturaleza jurídica de empresa industrial y comercial del Estado puede y debe hacerlo. Así que le anticipo desde ya a la Procuraduría un fracaso en dicha petición.

La medida cautelar si es viable. El gobierno si puede regular las tarifas. Lo puede hacer con fundamento legal en los artículos 78 y 334 de la Constitución Política de Colombia que le permiten al Estado intervenir en la regulación, control y vigilancia de la calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad.

Siendo esto así, podría modificarse la resolución 904 de 2012 emitida por Aerocivil, que está vigente.  Y la cual en su momento estableció un régimen de libertad tarifaria para facilitar la entrada de nuevos modelos de negocio en el transporte aéreo.  Para que en lo que tiene que ver con las tarifas en los segmentos Bogotá – Villavicencio – Bogotá y Villavicencio – Bogotá – Villavicencio, tengan un techo tarifario razonable y acorde con la crisis.

Esto si lo puede hacer el gobierno y sugeriría que se incluya dentro del paquete de 67 medidas.

@ReyesJuanfelipe