ANDRÉS FELIPE RANGEL | El Nuevo Siglo
Sábado, 13 de Octubre de 2012

Libertad de cultos

 

En septiembre se realizó el foro acerca de libertad religiosa en el Concejo de Bogotá, organizado por los concejales Clara Sandoval, Marco Fidel Ramírez y Arthur Bernal con el propósito de avanzar en el estudio acerca del funcionamiento de una posible oficina de libertad religiosa en la capital.

Al foro asistieron, un representante de la Iglesia luterana, un imán musulmán y pastores de  iglesias cristianas de la ciudad. Igualmente, funcionarios del Distrito quienes comunicaron la visión del Gobierno frente al tema.

La libertad religiosa y de cultos es un derecho fundamental que hace parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 18. Igualmente se encuentra en nuestra Constitución en el artículo 19. Este derecho consagra la libertad de cada persona de creer o no creer, y de desarrollar o no el culto que escoja, siempre  y cuanto no transgreda la ley ni afecte la moral pública.

Es una de las conquistas de la sociedad contemporánea. A pesar de que desde 1948 hace parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en Colombia tan solo desde la Constitución de 1991 el Estado dejo de ser confesional y se desarrolló la normatividad necesaria acerca de este tema.

Ya han pasado un par de décadas desde que se promulgó la Constitución de 1991 que consagra la libertad de cultos y Colombia cuenta con la legislación pertinente. Sin embargo, en la práctica la Nación es culturalmente confesional y en algunos ámbitos aún se vulnera frecuentemente este derecho. En algunos espacios de la sociedad existe preferencia por determinada religión frente a otras.

En algunos edificios públicos hay imágenes y alusiones directas a credos particulares lo cual muestra preferencia, afecta la igualdad y el respeto que  se debe tener hacia los ciudadanos de tener un credo diferente o incluso de no tenerlo. En el Salón Comuneros, en donde sesiona el Concejo de Bogotá, se encuentra un crucifijo que hace alusión directa a la religión católica. En el Congreso de la Republica existe una capilla que contiene todo tipo de imagen y alusión de nuevo a esta confesión. Estos detalles muestran que el Estado mismo  en sus  edificios manifiesta una preferencia por un credo en particular. Si en los edificios públicos se disponen espacios para capillas deberían ser espacios neutros y libres de cualquier alusión a un credo en particular, en donde cada persona pueda ir a meditar, orar, rezar o practicar el culto que decida sin afectar la libertad de otro de desarrollar o no un credo. Esto no se trata de estar en contra o a favor de cierta religión sino de garantizar un derecho contemplado en la Constitución. 

Necesitamos ir de la teoría y de la legislación acerca de la libertad religiosa hacia la práctica plena de este derecho. De esta manera, una oficina para atender estos asuntos en el Distrito seria una garantía para que la libertad religiosa y de cultos se respete y promueva en la ciudad.

@feliperangel81