CARLOS ALBERTO ESTEFAN UPEGUI | El Nuevo Siglo
Viernes, 23 de Noviembre de 2012

Las compras del ICBF

 

La Ley 80  de 1993,  artículo 24 literal k y su decreto reglamentario 2503 de 2005, permite que las entidades oficiales que compren a través de las bolsas de productos legalmente constituidas, no efectúen licitación pública. Así fue como el  ICBF hace varios años dispuso adquirir el servicio de alimentación por conducto de la Bolsa, consistente en el complemento alimentario de Desayunos Infantiles DIA. Dicha determinación se basó en que la Bolsa Nacional Agropecuaria, hoy Bolsa Mercantil de Colombia BMC, en el Mercado de Compras Públicas, ofrece a las entidades estatales la posibilidad de adquirir productos de origen o destinación agropecuaria, y que de conformidad con el resultado de los estudios técnicos previamente realizados, la contratación a través de bolsa, frente a los demás mecanismos de contratación aplicables, reporta las siguientes ventajas: “1. garantiza la oportunidad en la prestación del servicio, con plena observancia del principio de transparencia.(...)” 2.“(…) permite la obtención de un ahorro en el precio final del servicio de alimentación a adquirir(…) Así mismo, dice la Resolución 3470 DE diciembre 7 de 2007  expedida por el ICBF con tal fin, que además de haber obtenido ahorros significativos en la compra del servicio de Desayunos Infantiles, la  Bolsa “cuenta con mecanismos de difusión que permiten a los proveedores y a sus comisionistas conocer con la debida antelación, los requisitos que deben cumplir para participar en la rueda de negociación, garantizándose así la libre concurrencia de proveedores a través de la celebración de una o varias ruedas de negociación, en las cuales podrán participar como comitentes vendedores aquellos proveedores que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 2503 de 2005 …”. Sorprende entonces ahora, luego de estar utilizando con buen éxito este sistema, que la Dirección del ICBF haya optado por otra forma de contratación, sin saberse qué afanes le asisten para haber procedido de esa manera. Téngase en cuenta también, que debido a esa determinación se dice  han  comenzado a surgir temores en cuanto a la posibilidad de estarse abriendo camino la importación de leche. No vaya a ser que los niños colombianos terminen consumiendo leche sobrante de otros países. Igualmente, se comenta, que de ser así, no estaría bien que el mismo Estado  a través del ICBF vaya a desconocer la política sectorial de estimulo a la producción nacional. Sin contar los posibles sobrecostos y demás contratiempos de unas transacciones tal como ahora se pretenden llevar a cabo.