Dos decretos (y medio) | El Nuevo Siglo
Domingo, 12 de Julio de 2015

Por:  Andrés MOLANO-ROJAS*

CON  la velocidad a la que se diluyen las noticias en Colombia -un país acostumbrado a vivir en el eterno presente, con limitada conciencia de su pasado histórico y aún más precaria visión del porvenir- se corre el riesgo de que la polémica suscitada recientemente sobre el diferendo marítimo con Venezuela acabe convertida en un episodio más del anecdotario diplomático colombiano.  Sería una lástima y un grave error estratégico.  El encendido debate, provocado por dos decretos (y medio) -el 1787, en su versión original del 27 de mayo y en su versión remendada del 8 de junio, y el 1859 promulgado el pasado 6 de julio- expedidos por el gobierno venezolano, inicialmente para torpedear las concesiones petroleras costa afuera de Guyana, deja varias lecciones que hay que repasar tanto como sea necesario hasta que queden suficientemente aprendidas.

1.  Los diferendos hay que resolverlos.  Parece obvio, pero no.  Los diferendos territoriales no desaparecen por el hecho de hibernar, o porque en un acto de buena voluntad las partes decidan evitar roces directos o mutuas provocaciones.  Mientras no se resuelven, son como una caja de Pandora que en cualquier momento puede abrirse y enturbiar peligrosamente las relaciones bilaterales (e incluso desbordarlas).

2.  El derecho internacional importa.  Por reputación, por reciprocidad y a fin de evitar represalias (tanto materiales como simbólicas), el cumplimiento de la ley internacional no es extraño al interés de los Estados.  La incoherencia erosiona la credibilidad y, lo que es peor, puede reducir el margen de maniobra político y diplomático disponible.  ¿No es ese el caso de Colombia frente a la Corte Internacional de Justicia tras la errática gestión del escenario post fallo 2012?

3.  El maximalismo genera expectativas máximas (y por lo tanto, máxima frustración).  Alguien sugirió, al fragor de la polémica, aprovechar la ocasión y reclamar los Monjes.  Semejantes apuestas, aun como parte de una estrategia jurídica, de presión o de negociación, son sumamente riesgosas.  A la postre, pueden alimentar en la opinión pública la sensación de que cualquier solución —por arbitraje, vía judicial o arreglo directo— es, por definición, insatisfactoria; lo cual incrementa enormemente los costos, de por sí muy elevados, que implican los procesos de esta naturaleza.

4.  Paciencia no es inacción.  Naturalmente, el diferendo no se resolverá en el corto plazo.  Entre otras cosas, porque la situación política interna, ni en Colombia ni en Venezuela, es favorable.  Pero hay que mantener activos los instrumentos, abiertos los canales, definidos los protocolos, preparada la agenda y no dejar pasar en vano las oportunidades.

*Analista y profesor de Relaciones Internacionales