ESTE MARTES, a las 8:00 a. m. se llevará a cabo la audiencia pública en el Congreso de la República para discutir el proyecto de Acto Legislativo No. 08 de 2024 que propone modificar la Constitución Política en artículos clave relacionados con la educación en Colombia, planteando cambios que podrían tener repercusiones profundas en el sistema educativo del país, según advirtió la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun).
Específicamente, la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República convocó la audiencia pública para exponer el proyecto de la autoría de más de 50 congresistas que pretende modificar los artículos 67, 68, 69, 150 y 189 de la Constitución Política.
Al respecto, la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun) manifestó su preocupación señalando que una posible reforma constitucional de esta índole, requiere un debate.
Así las cosas, la Asociación expuso sus preocupaciones principales en torno a esta iniciativa.
- Control de la educación
El proyecto contempla otorgar al jefe de Estado un control directo sobre toda la educación del país, tanto pública como privada. La Ascun advirtió que esta medida podría comprometer la autonomía de las instituciones educativas, un principio fundamental para el desarrollo de un sistema educativo libre y plural.
- Mayores costos y burocracia
El proyecto propone crear una nueva entidad encargada tanto de la supervisión como del control de la educación, lo que a juicio de la Ascun resulta preocupante.
“Mayores costos y burocracia en la creación de una Superintendencia de Educación con funciones sobredimensionadas y poco viables de centralizar en corto tiempo. Esta entidad duplicaría funciones ya asignadas a organismos existentes como Conaces, CNA, subdirecciones del MEN, Icfes y secretarías de educación, o funciones que tienen las mismas IES, generando costos adicionales y burocracia innecesaria”, argumentaron.
- Disminución de la autonomía universitaria
La Ascun sostuvo que el proyecto parece buscar, a través de distintos medios, la reducción de la autonomía de las universidades, colegios y todas las instituciones educativas del país, imponiendo una única forma de elegir a sus directivas. “Se ha demostrado que este enfoque no cuenta con un consenso nacional”, señalaron.
- Poca justificación de una reforma constitucional
El gremio indicó que en las últimas décadas se han generado nuevas leyes, decretos, sentencias de la Corte y diferentes mecanismos para avanzar en la garantía del derecho a la educación, incluyendo la educación superior, a través de las cuales se han garantizado medidas para la gratuidad, el acceso, la equidad, la disminución de brechas, el aseguramiento de la calidad y la inspección y vigilancia, entre otras, todas bajo el marco de la Constitución que hoy dirige al país.
“Nos preocupan las razones por las que se propone un cambio constitucional y las implicaciones que esto puede traer en posibles contradicciones internas o un desvío de los principios que generaron la Constitución de 1991”, advirtieron.
- Reforma constitucional por fragmentos
Por último, sostuvieron que la reforma de la Constitución, especialmente en una materia tan sensible como la educación, debe realizarse con un debate amplio y participativo que involucre a todos los actores del sector.
“Las modificaciones propuestas carecen de una justificación clara y podrían poner en riesgo los avances logrados bajo la Constitución de 1991, la cual ha sido fundamental para garantizar la democracia y los derechos educativos en el país”, concluyeron.
La Ascun ha consolidado una postura unificada basada en conceptos jurídicos aportados por 13 universidades asociadas que será presentada en la audiencia del Congreso. “Las implicaciones de este proyecto legislativo son profundas, y es esencial que la sociedad colombiana reflexione sobre los riesgos que podrían derivarse de estas modificaciones a la Constitución”, reiteraron.
Cambios en los artículos
A continuación, EL NUEVO SIGLO muestra algunos de los cambios que quieren aplicar en los artículos. Por ejemplo, el texto constitucional del artículo 67 reza:
“La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura”.
La propuesta del proyecto lo modifica de la siguiente manera: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura; y deberá ser de calidad y con pertinencia, con el objeto de formar personas capaces de alcanzar la felicidad y que aporten al desarrollo económico, social y cultural del país”.
Lo mismo sucede con el apartado que dice originalmente: “La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”; y con la propuesta de cambio que indica que “la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; en principios y valores que garanticen comportamientos éticos sobre el respeto a la vida, a la honra de las personas, a la diversidad étnica, de género y cultural, a los bienes y recursos del Estado y de las personas; en la generación de riqueza, el desarrollo de inteligencia empresarial, administrativa y financiera, y en la práctica del trabajo ocupacional y laboral, el deporte y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”.
En el mismo artículo se evidencia uno de los agregados que generó una de las mayores preocupaciones para la Ascun.
Indica la propuesta que: “El Estado, a través de la Superintendencia de Educación, ejercerá la suprema inspección, vigilancia y control, como una política pública independiente de la política pública educativa, sobre los prestadores del servicio público educativo en todos los niveles y formas, sean estos públicos o privados. La Superintendencia de Educación llevará el registro de títulos, certificaciones, homologaciones, validaciones, convalidaciones de estudios adelantados en el país o en el exterior. La ley determinará la estructura, competencias específicas, funciones y la financiación de la Superintendencia de Educación”.
Sucede algo similar en el artículo 68 en el que en principio se señala que “la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación”, pero en la propuesta se le agrega que “la comunidad educativa participará en la dirección y funcionamiento de las instituciones de educación en todos sus niveles y formas de manera democrática, participativa, pluralista y directa”.