La guerra en Ucrania no se está librando únicamente en el campo de batalla, entre los ejércitos de la potencia agresora y la nación agredida. Se libra, además, en el frente económico y financiero, con la imposición al agresor de una inédita batería de sanciones cuyos efectos colaterales se empiezan a sentir en la economía mundial. Se libra también en la infoesfera, entre la propaganda y la censura, por un lado, y la información y el desvelamiento, por el otro. E incluso en los terrenos de la diplomacia, que no pocas veces funciona -parafraseando a Clausewitz- como prolongación de la guerra con la incorporación de otros medios.
Pero hay otro frente de guerra nada desdeñable: el del derecho internacional, que ha sido, junto con la verdad, una de las primeras víctimas de la guerra de agresión acometida y cometida contra Ucrania.
El inventario de transgresiones al derecho internacional no podría ser más ominoso: la negación del derecho de un Estado soberano a existir; la amenaza y el uso de la fuerza contra su integridad territorial y su independencia política; el cuestionamiento de su libertad de asociarse con otros; la interpretación torticera y abusiva de principios como la legítima defensa o la responsabilidad de proteger; la perversión de conceptos como el de “mantenimiento de la paz”, y, en ese sentido, la usurpación de atribuciones privativas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Ni que decir tiene las violaciones al derecho internacional de los conflictos armados: a las reglas básicas del ius ad bellum (el derecho a hacer la guerra, que lo hay, y es tan fundamental como el derecho a la paz) y al ius in bello (que rige y limita la conducta de los beligerantes durante las hostilidades). Y al derecho internacional de los derechos humanos, también, en la persona de los propios ciudadanos del agresor y en la de sus víctimas (a las que, entre otras cosas, ha osado ofrecer, sin pudor alguno, “corredores humanitarios” que los conducirían directamente a las manos de sus victimarios).
De ahí que resulte crucial la aplicación presentada por Ucrania ante la Corte Internacional de Justicia para que se pronuncie, con toda su autoridad, sobre algunas de las justificaciones esgrimidas por el agresor, y, por lo tanto, sobre la licitud de su conducta. O la investigación sobre crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad anunciada primero, motu proprio, por el fiscal de la Corte Penal Internacional, y rápidamente requerida por casi 40 Estados al amparo del Estatuto de Roma. O las medidas cautelares decretadas a favor de Ucrania por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y la creación de una comisión de investigación internacional independiente por mandato del Consejo de Derechos Humanos de la ONU (no siempre digno de su nombre).
Porque lo que ha ocurrido (y sigue pasando) en Ucrania no es sólo una guerra de agresión. Es un ataque masivo al orden jurídico internacional, a las bases mismas que hacen posible la existencia -tan frágil como necesaria- de una verosímil “comunidad internacional”.
*Analista y profesor de Relaciones Internacionales