Exmagistrados y juristas ‘rajan’ propuesta de “Fast Track” | El Nuevo Siglo
LOS CONSTITUCIONALISTAS y exmagistrados, Nilson Pinilla, José Gregorio Hernández, Juan Manuel Charry, y Juan Carlos Esguerra, señalaron que el ambiente político del país no es conveniente para realizar ese procedimiento/ Fotos ENS, archivo
Viernes, 12 de Julio de 2024
Redacción Política

EL JEFE de Estado dijo ante el organismo internacional que “un procedimiento de fast track nos llevaría a reducir los plazos del tiempo para cumplir con efectividad el Acuerdo de Paz firmado. Lo vamos a presentar a la sociedad colombiana y al Congreso, pero quisiéramos dejarlo aquí, refrendado ante ustedes”.

 

Varios sectores políticos reaccionaron de inmediato a la propuesta del presidente, en el Congreso de la República la mayoría de las bancadas indicaron que esta figura no es viable desde el punto de vista constitucional.

Al tiempo advirtieron que se trata de una estrategia del Ejecutivo para tratar de saltarse el Congreso y lograr aprobar las reformas que hasta el momento no han recibido el visto bueno del Legislativo, en su mayoría por no estar concertadas y tener propuestas consideradas radicales.

Leyes no se hacen a la carrera

El exmagistrado Nilson Pinilla indicó que el fast track es el término “que se viene utilizando para referirse a acelerar los procedimientos que para el caso de la expedición de esta ley son necesariamente dilatados, extensos, porque se trata de algo que tiene que tomarse con mucha seriedad, mucho estudio, con mucha profundidad”.

Añadió que entonces, “este mecanismo propuesto por el presidente Gustavo Petro no es aconsejable si supone que venga un llamado ‘pupitrazo’, porque esto es que los congresistas aprueben la reforma sin suficiente análisis, sin profundización y sin mirar a cabalidad qué es lo que están aprobando”.

Pinilla fue enfático en que “ese fast track es nocivo porque recordemos lo que ocurrió con el tema de la reforma pensional cuando la Cámara de Representantes, en forma grosera, le dio un ‘pupitrazo’ al proyecto como venía del Senado para evitar el análisis y no tomar más tiempo en su discusión, porque ya se vencían los términos en la limitación de los derechos de los pensionables”.

Agregó que “esto real y verdaderamente es censurable porque el Congreso tiene que estudiar siempre muy a fondo, y si bien que, en casos de especial importancia como el Acuerdo de Paz y otros proyectos, ojalá se le dedicaran más de lleno al tema para que el análisis tuviera menor dilación”.

Insistió el exintegrante de la Corte Constitucional que “lo interesante es que sepan qué es lo que están haciendo para que no se saquen leyes improvisadas, para que no toque estar viendo cómo se reforman a corto tiempo”.

Dijo también Nilson Pinilla que “me parece en este caso que la labor del Ejecutivo frente al Congreso es procurar que ese Legislativo pueda estudiar a cabalidad todo lo que se lleve para el conocimiento de los parlamentarios, y no acelerarlo para que saquen cualquier cosa conveniente para el Ejecutivo y a las carreras”.

Finalizó diciendo que “no sé hasta qué punto, pero el tema de la constituyente es una constante en la voluntad del Ejecutivo en procurar también reformar la Constitución Política, y la Carta Suprema de una Nación tiene que ser estable, no se trata que haya cláusulas inmodificables, pero las constituciones marcan un orden centralizado y cardinal de lo que debe ser la organización estatal, y no se puede propiciar una alteración precipitada del escrito”.

Se necesita reforma para el fast track

ENSA su turno, el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, afirmó que “no simpatizo utilizar el término fast track porque es un término inglés y éste se comprende mejor en nuestro idioma español, que lo define como un procedimiento rápido y abreviado. Pero, tal y como ocurrió en el año 2016 y 2017, en este escenario es indispensable que se modifiquen las normas constitucionales relativas al trámite que se debe seguir en el Congreso de la República, tanto como para la aprobación de las leyes, como de los actos legislativos”.

Puso de presente el jurista que “la Constitución establece unos debates y unos tiempos para tramitar las leyes, y con mayor razón requiere de las mismas condiciones para tramitar cualquier acto legislativo o reforma de la Constitución, bien sea a través de referendo o por asamblea constituyente”.

Agregó que para llevar a cabo el fast track, “la Constitución tendría que ser modificada, ya que en el año 2016 para implementar y desarrollar el Acuerdo Final de Paz fue necesario modificar las normas constitucionales para plasmar el procedimiento abreviado que llamaron fast track. Luego si ahora, el Gobierno requiere un nuevo fast track para aprobar cualquier reforma se necesita expedir nuevamente un acto reformatorio de la Constitución porque no se puede simplemente realizar el proceso por decreto o por ley, y tengo entendido que el presidente Petro quiere el fast track para decisiones de este Gobierno, y eso necesita cumplir con la Constitución que está vigente y que es obligatoria”.

 

Propuesta es improvisada

Posteriormente, el expresidente de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Guerrero, dijo que la medida es improvisada y que se requiere de una reforma para llevarla a cabo. “Pensaría que se trata de una propuesta bastante improvisada. Para darle vía a un procedimiento de esa naturaleza se requeriría una reforma constitucional”.

Manifestó que “las circunstancias de hoy no son las mismas que justificaron en el año 2016 al optar una medida como esta. Actualmente, no se justifica llevar a cabo este proceso especial y correría el riesgo de ser rechazada por la Corte. No se puede eludir la deliberación política o tratar de forzar la aprobación de medidas hoy, cuando este Gobierno lleva dos años en el ejercicio del poder en el cual ha podido impulsar las reformas que considera necesarias para acelerar el cumplimiento del Acuerdo”.

Hay que acudir al procedimiento establecido

De igual manera, el constituyente del 91 y exministro Juan Carlos Esguerra advirtió que “me parece que no es viable, pero me parece sobre todo innecesario y por lo mismo me parece inconveniente. Creo que el momento político que vive el país, las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo aconsejan que los trámites se hagan por el camino ordinario que establece la Constitución, y ese camino es el de presentar los proyectos de ley ante el Congreso, que se debatan en el Congreso y se resuelvan por el Congreso sin necesidad de fast track ni la utilización de mecanismos que francamente no son necesarios”.

Indicó que “podría también tramitarse una constituyente, pero en todo caso lo que es evidente, que así ha resultado y por fin ha sido reconocido por el Gobierno nacional como evidente, es que cualquier fórmula que pudiera querer utilizarse para convocar una Asamblea Nacional Constituyente tiene que comenzar en el Congreso de la República. Entonces, comencemos por el Congreso de la República si es lo que se quiere, pero comencemos por el camino normal que corresponde al Congreso de la República”.

Se requiere otra reforma

Sobre el particular el constitucionalista Juan Manuel Charry señaló que “creo que para adoptar un procedimiento especial se necesita hacer otra reforma constitucional como la que se hizo en el 2016, estableciendo cómo es el procedimiento, el término transitorio. Es decir, habría que tramitar un nuevo acto legislativo y allí ver sí es aprobado, iría a control de la Corte Constitucional que debería verificar si se justifica aplicar un procedimiento más ágil para esos temas”.

Sostuvo que “en el pasado, la Corte Constitucional lo aprobó bajo el entendido de que el Acuerdo Final iba a ser refrendado por la ciudadanía al tener un respaldo democrático ciudadano que justificaba simplificar los procedimientos en el Congreso”.

No obstante, puntualizó, “en este caso, aparentemente no habría retractación, recordando además que en el gobierno de Juan Manuel Santos tampoco la hubo, aunque se partió de ese supuesto. Pero, en síntesis, toca reformar la Constitución para establecer un procedimiento especial en estos casos y la forma e iría a control de la Corte Constitucional”.

“Distinta es la intención del Gobierno para llamar a una constituyente porque esto es aún más difícil. Si para sacar una reforma constitucional en el Congreso requiere de ocho debates, debe ir a control constitucional, pasar a aprobación de acto legislativo y ser consultada a más de un tercio del censo electoral, convocar a una asamblea constituyente tardaría más de dos años y no le alcanzaría”, recalcó.