La renuncia a su curul en la Cámara de Representantes, estando investigado y procesado por la Corte Suprema de Justicia, bajo el pretexto de asumir su defensa y obtener mejores garantías de un conocido parlamentario, puso nuevamente en la palestra pública el tema de los fueros que acompañan a una serie de altos funcionarios y dignatarios de la nación. La opinión pública observa este procedimiento como una forma de burlar la investigación y de procurar la impunidad.
El fuero para los altos funcionarios está consagrado en el artículo 235 de la Constitución Nacional; concretamente señala esta norma que, corresponde a la Corte Suprema de Justicia investigar y juzgar a los miembros del Congreso. La misma norma advierte que cuando estos funcionarios hubieren cesado en el ejercicio de su cargo, el fuero solo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas. La razón de ser de la institución es lograr la independencia de la justicia, que puede verse afectada por un desequilibrio debido a la alta investidura que ostenta el investigado y el poder político que ejerce en su región; por ello se asigna competencia a los altos jueces para que se logre ese equilibrio, bajo todas las garantías del debido proceso y el derecho de defensa, hoy con segunda instancia incluida.
Los funcionarios en dificultades penales están en todo su derecho a defenderse; la defensa es sagrada en un Estado de Derecho, por ello no observamos censurable que se empleen todas las estrategias pertinentes dentro de la legalidad, para defenderse, incluso renunciar a su curul o a su cargo, para cambiar el organismo investigador y juzgador de su presunto delito.
Lo que es criticable es el sistema institucional que hemos venido incorporando en la Constitución. Esa renuncia al cargo hace posible que la investigación pase de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, bajo el sistema de ley 600 o sistema inquisitivo, a la Fiscalía General de la Nación, bajo el sistema acusatorio; donde la Fiscalía goza de una serie de prebendas para imputar o no imputar al sindicado y existe el principio de oportunidad, entre otras instituciones propias del ese sistema. Es acá donde el sistema se torna perverso, pues hemos caído en que el Fiscal, que según la Constitución posa de funcionario independiente, adscrito a la Rama Judicial, en realidad de verdad, suele ser oriundo de la línea política del Presidente de turno; incluso a veces, un ex funcionario del ejecutivo, que defiende el partido de Gobierno y se inclina la balanza de la justicia hacia un costado discutible y recargado. Buscando esta situación más favorable, es que realmente se produce la renuncia al fuero de algunos funcionarios del Congreso.
Hemos sostenido que una inaplazable reforma a la justicia debería revisar estos aspectos del fuero y la Fiscalía; la Fiscalía debe estar adscrita al ejecutivo para que la responsabilidad política de un fiscal no independiente, tenga un doliente y recaiga sobre su designador. Con el sistema actual nos estamos metiendo mentiras y los pillos logrando impunidad.