General (r.) Luis Ernesto Gilibert V. | El Nuevo Siglo
Miércoles, 22 de Abril de 2015

PRISMA

¿Posconflicto sin Código de Policía?

Hace unos días, muy preocupados por la seguridad en Bogotá, con un general amigo hablábamos sobre la urgencia del Código de Policía que permita encarar la situación, y mi buen compañero me dijo -no es Bogotá, es el país-, verdad de a puño, pues quienes creemos y   apostamos a la paz, sabemos de antemano que una vez firmada, encararemos un período  bien complicado, por lo tanto el Gobierno y las autoridades deben estar diseñando planes y estrategias para el futuro, donde no se  puede escapar de su óptica que sin un Código Nacional de Policía, es imposible afrontar el posconflicto.

El  Decreto 1355 de 1970  se convirtió en una herramienta invaluable para la policía, pero como los tiempos han cambiado, se requieren  ajustes a este instrumento tan valorado por los responsables de brindar seguridad a los colombianos, luchando contra todo tipo de delincuencia y encauzando las conductas sociales hacia la civilidad y las buenas costumbres; sabemos que de tiempo atrás  se  vienen haciendo estudios y el Congreso tiene en curso un proyecto depurado, adecuado y consolidado, al que poco le falta para  ser aprobado, la gran pregunta se soporta en si el nuevo documento contiene un espíritu de  apoyo al servicio de policía, contemplando medios de policía para controlar el ejercicio de las libertades y sus excesos, sin olvidar otras conductas, contravenciones y  penales, en que pueden incurrir los ciudadanos por infinidad de circunstancias    en un período de exacerbación en el orden público, o está estimado en un ambiente de paz, concordia y sumisión a las leyes, cercano  al estado ideal de observancia y acato a las normas.

Miguel Lleras Pizarro sostenía respecto al código de policía: ”El Código de Policía no es el código de las penas  sino el de la disciplina diaria y elemental. Sus penitencias son un símbolo. Este código no se concibió para castigar sino para conducir, para enseñar. Quizás está inspirado en un concepto que no coincide con la mentalidad intrínseca tradicional de las personas que en Colombia ejercen autoridad; no tienen  vocación sino para lo atroz, lo arbitrario y sufren cuando la ley no los faculta para la persecución de sus hermanos”. Como vemos el mensaje es claro y se refiere a los tiempos de la policía política al servicio de gamonales y líderes políticos disolutos, que quisieron utilizarla  en  provecho personal. El Decreto  1355 del 70 encauza los procedimientos  con arreglo a la ley, entregando a los comandantes de policía, los inspectores de policía y los alcaldes, facultades por los medios y límites de la Constitución, para proteger los habitantes en sus libertades y derechos. El Código de Policía se debe llamar así, por ser apoyo para gobernar la ciudad. No le cambien el nombre que crearán confusión.