Fueros y desafuero
Tal parece que la adopción de una norma que crea como ficción jurídica la presunción constitucional de que todo ilícito cometido por un miembro activo de las FF.AA. es siempre un acto del servicio y por tanto de competencia de la Justicia Penal Militar, es una decisión irreversible de las mayorías que componen la Unidad Nacional en el Congreso Nacional. La disposición aprobada ha sido vendida -¿o comprada?- por la derecha más recalcitrante como el “restablecimiento” del fuero militar, cuando es lo cierto que jamás ha desaparecido.
Semejante esfuerzo legislativo, mediático y monetario para ambientar la supuesta necesidad de “restablecer” el fuero militar en la forma y términos en que lo quieren tener quienes creen que su actual existencia y entendimiento es la que impide un clamoroso triunfo militar sobre la subversión, parece inútil, porque como toda ficción, terminará derrotada por la realidad.
Por mucho que el precepto en vía de aprobación quede inserto en la Constitución, no significa que la norma sea constitucional. Para empezar, va en contravía con la estructura de investigación y juzgamiento que la propia Constitución define. También contradice la jurisprudencia de la Corte Constitucional que desde hace bastante tiempo ha señalado que todas las jurisdicciones distintas de la ordinaria son excepcionales y sólo aplican en defecto de aquella, de modo que los hechos siempre deben ser investigados por los fiscales ordinarios y sólo si se establece fehacientemente que cabe alguna de las competencias excepcionales, debe remitirse a ella.
Pueden hacerse muchas normas, disponiendo muchas cosas, pero dudo mucho que por vía de una regla interna, así sea constitucional, pueda derogarse la realidad de la jurisdicción penal internacional, o el concepto de los delitos de lesa humanidad o el entendimiento casi universal de que todos esos hechos están excluidos del amparo del fuero militar.
Quienes se dicen amigos de un fuero militar extendido, alegan que lo hacen en protección de las FF.AA. cuando es obvio que la mejor manera de protegerlas es excluyendo de sus filas y de su influencia a todos esos casos aislados que avergüenzan a quienes, ante todo, son mujeres y hombres de honor.
Y podrían hacerle un mejor favor al fuero militar, si empiezan por separar la línea de mando de la de administración de justicia. Eso precisamente es lo que ha hecho tan deleznable la Justicia Penal Militar, la falta de independencia y autonomía de sus jueces, que no pueden fallar conforme a derecho, a las pruebas y a su leal saber y entender, sino de acuerdo con los intereses de su inmediato superior jerárquico, que no siempre coinciden con los de la justicia.
Mucho me temo que quienes quieren evitarles a los militares y policías el mal trago de enfrentar la jurisdicción ordinaria -sesgada en muchos casos, que todo hay que decirlo- van a terminar con un remedio peor que la enfermedad, pues probablemente han olvidado que la “justicia aparente” es una de las circunstancias que habilita la competencia de la Corte Penal Internacional.
@quinternatte