Las marchas de la semana pasada, que, dicho sea de paso, no fueron con ocasión de la reforma a la salud, sino, más bien, en favor o en contra del gobierno del presidente Petro, ponen de presente varias situaciones importantes: Lo primero es que el pueblo colombiano quiere ser más activo en la toma de decisiones, y, en especial, respecto de los grandes temas nacionales. En segundo lugar, se mantiene una gran división en el país, muy lejos de ser superada y que seguramente se va a exacerbar de cara a las elecciones regionales que se avecinan.
En tercer lugar, muchos ciudadanos salen a las calles desconociendo el detalle de las reformas que cursan actualmente en el Congreso, siendo su posición ideológica o partidista, la que los impulsa a defender sus convicciones sin consideración a los argumentos o criterios técnicos sobre un tema en concreto. Afortunadamente, las movilizaciones se llevaron a cabo pacíficamente, lo que de alguna manera es buen mensaje, genera tranquilidad a la comunidad internacional y dice mucho de la democracia colombiana.
Estas movilizaciones, si bien significativas, no pasarán de ser hechos mediáticos importantes que, sin duda, poco efecto tendrá al momento de tramitar los proyectos que hacen parte de la agenda legislativa del Congreso. Esto es, no alcanzan, si quiera, a constituirse en un instrumento de presión para adoptar tal o cual decisión de parte de los legisladores. En otras palabras, si bien se trata de un derecho fundamental, no tienen trascendencia jurídica ni constituyen el ejercicio de la democracia participativa a que hace referencia la Constitución Política. En efecto, señala el artículo 103 de la Carta que son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La protesta y las movilizaciones son herramientas socialmente muy poderosas, de contenido político importante, pero con pocos resultados materiales concretos.
Si lo que se pretende es mayor participación del pueblo en la toma de las decisiones de trascendencia nacional, lo pertinente sería acudir con mayor frecuencia a las consultas populares. Para ello lo más conveniente sería revisar el procedimiento para su convocatoria, de manera que aquellas de carácter nacional, tengan un trámite más expedito y surtan efectos con mayor agilidad. En la actualidad según la ley 1757 de 2015, las consultas populares de orden nacional se pueden convocar a iniciativa ciudadana con el 5% de firmas del censo electoral, o por decisión del presidente, previo concepto del Senado. Si se flexibiliza un poco el trámite de recolección de apoyos, las cuentas de campaña y los tiempos para el concepto previo, se pudiera acudir a este valioso instrumento, si lo que se pretende es la participación directa y activa de la sociedad.
En Europa los referendos o consultas populares son una herramienta democrática de uso común en diferentes países, al punto que las 2/3 partes de los referendos de carácter nacional que se llevan a cabo en el planeta, se convocan en ese continente, siendo Suiza la nación donde más se utiliza este mecanismo.
A propósito del metro, la última consulta local en Italia se llevó a cabo en Florencia en el año 2008. En aquella oportunidad se preguntó a los toscanos sobre el trazado de dos nuevas líneas del tranvía. Como en el país las consultas populares no pueden versar sobre asuntos presupuestales, fiscales o tributarios, muy posiblemente, esta consulta no pudiera realizarse en la capital colombiana. De ahí la necesidad de proponer algunos ajustes a la legislación.