Una realidad que duele e indigna
Colombia es un país de leyes. Expresión irrefutable de estabilidad institucional y motivo de orgullo ante las demás naciones. Casi a diario son promulgadas otras nuevas. Desde la malhadada Ley 100, que abrió el camino para que la salud de los colombianos se convirtiera en una mercancía, hasta la reciente Ley de Víctimas y la de Restitución de Tierras, que hacen renacer la esperanza de que por fin se haga justicia, así esta ley encuentre enemigos decididos a impedir su cumplimiento.
Sin embargo, hay una realidad que produce tristeza y desaliento: cuántas leyes, normas y decretos se quedan escritos porque no hay autoridad que los haga cumplir, o porque la gente encuentra la forma de burlarlos. En nuestra Colombia son muchas las cosas que, según la Ley, no se pueden, pero en la práctica se pueden.
Es cierto que el pueblo colombiano es alérgico a la autoridad, al orden, a la disciplina y que muestra un placer enfermizo por el desorden y la anarquía, por la trampa, por el soborno y la rumba. Además, sabe por experiencia propia que eludir una sanción es algo que está al alcance del más común de los ciudadanos.
Los bancos tienen sus propias políticas. Las tienen también las EPS. Lo mismo las empresas de servicios públicos. Y los más grandes supermercados. Las instituciones educativas no se quedan atrás. Los operadores de TV por cable tienen las suyas. Y las empresas de telefonía móvil tampoco son la excepción.
El problema está en que para todos ellos sus políticas institucionales están por encima de las leyes de la República. Esa es la realidad. Es de tales proporciones este problema que no faltan quienes se atreven a afirmar que en Colombia sobra el Poder Legislativo. Y si no hay cumplimiento de la ley establecida, nunca llegaremos a ser una nación libre en el más pleno y auténtico sentido de la palabra. Así lo entendía el general Santander…
¿Se cumplen las nuevas leyes que ordenan protección y defensa de los derechos de las personas mayores? (1171 de 2007 y 1251 de 2008). ¿Se cumplen el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), la Ley Antitrámites y el Código de Tránsito? ¿Qué puede hacer el Ministerio del ramo si las instituciones educativas se consideran totalmente autónomas? ¿Y qué puede hacer el Ministerio de Salud si las EPS y los hospitales no se sienten obligados a cumplir las normas dictadas?
Pero también hay que decirlo. Abundan entre nosotros las instituciones cuya creación responde supuestamente a una necesidad real, pero que en la práctica no cumplen ninguna función de servicio a la comunidad. ¿Qué hacen, por ejemplo, o qué función cumplen el Ministerio del Ambiente, la Defensoría del Pueblo, el Dama, el Invías, el Zar Anticorrupción, las CAR, la Defensoría del Consumidor, las Secretarías de Movilidad, las Asambleas Departamentales, fuera de los jugosos salarios y prebendas que sus mismos directivos y empleados se fijan? ¿Qué hace la presidenta de la Asobancaria a favor de los usuarios?