No me cabe duda de que usted es un gran orador y de que adoba esa cualidad con una gran dosis de populismo y demagogia. Fue lo que hizo en su reciente viaje a San Andrés, donde se refirió a la sentencia de la CIJ en el caso con Nicaragua.
Usted dijo que ese triunfo se debía a su brillante idea de haber nombrado en la delegación a La Haya a una bióloga raizal y que sus antecesores habían ignorado a esa población, razón por la que se habían perdido 75.000 km2 de mar. Le cuento que cuando se produjo la sentencia de 2012, Santos nombró una comisión de juristas para estudiarla e incluyó en ella al doctor Joaquín Polo, importante abogado isleño. Santos también armó un grupo de raizales al mando de Aury Guerrero, quien estuvo ante la Corte en 2015, y continuó luego con el actual gobernador Everth Hawkins. También le cuento que durante los gobiernos de Santos y Duque de ese grupo formaron parte Kent Francis, Richard Francis, Mark Taylor y Fabio Ortiz.
Cualquiera que conozca cómo trabajan las cortes internacionales sabe que hay unos agentes, que son el contacto entre la corte y el Estado y están asesorados por abogados internacionales que manejan el aspecto jurídico. En el caso actual los agentes eran Eduardo Valencia-Ospina, que antes había sido parte del grupo de abogados, Carolina Olarte Bácares y Elizabeth Taylor Jay, la bióloga raizal. Valencia-Ospina hizo en las audiencias la presentación y clausura del caso y presentó a los abogados, de los que solamente tres hicieron uso de la palabra. Dudo de las eventuales contribuciones que, en la preparación de las audiencias, hubiera tenido la señora Taylor, porque se trataba de asuntos técnicos jurídicos y no biológicos.
De remate, en la sentencia no hay mención alguna a los asuntos raizales o de pesca, simplemente porque no fueron solicitados por la Corte en la citación a las audiencias que eran exclusivamente para hablar de la costumbre internacional.
Según usted, los casos anteriores se perdieron por cuenta de unos abogados "blancos, inodoros e incoloros que habitan las calles de Chapinero de Bogotá". Como el actual canciller, digo yo.
Nicaragua demandó a Colombia en 2001 porque la jurisprudencia marítima de la época había adjudicado las aguas y plataforma teniendo en cuenta la longitud de las costas de los contrincantes que, en este caso, era altamente desproporcionada en favor de Nicaragua. El fallo de 2012 no se puede criticar por la aplicación de ese principio sino por el desconocimiento por la Corte de la norma Pacta sunt servanda (los tratados deben cumplirse) y, en particular, del tratado Esguerra-Bárcenas y el de Colombia con Honduras. Para la Corte el meridiano 82 oeste no fue un límite marítimo sino una línea para impedir que Colombia avanzara hacia el oeste, pero no que Nicaragua avanzara al este, como si el señor Esguerra, el gobierno colombiano y el Congreso que aprobó el tratado fueran una parranda de cretinos.
Presidente: usted habla de conversar con Nicaragua, probablemente para que permita que los raizales pesquen en aguas nicas, lo que no va a pasar. Nicaragua le responde que hay que delimitar. La Corte dijo que todo ya estaba delimitado por ella en la sentencia de 2012. Entonces ¿vamos a delimitar otra vez?
Más bien, tracemos una línea de base entre los cayos del este-sudeste y Roncador para que las aguas y la plataforma detrás de ella sean aguas interiores sujetas a la “soberanía” colombiana, porque el resto de la ZEE y la plataforma son solamente un derecho territorial menor.