Rafael Nieto Navia | El Nuevo Siglo
Martes, 12 de Mayo de 2015

EL CASO COLOMBIANO

Minas, crimen de lesa humanidad

El  artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949 obliga a las partes en un  conflicto armado no internacional a aplicar un mínimo de normas humanitarias para la protección de los civiles y los no combatientes, sin que tal cosa afecte el estatus jurídico de las partes, es decir, sin que ello implique reconocimiento de beligerancia de los levantados en armas. Este artículo es complementado por el Protocolo II (1977) a los Convenios. Ambos instrumentos son obligatorios en Colombia. Ninguno de estos textos menciona los llamados crímenes de lesa humanidad, aunque la expresión era conocida desde 1915 y se había usado en la Carta de Núremberg en 1945. Fue en los estatutos de los Tribunales Penales de Naciones Unidas para Yugoslavia (1993) y Ruanda (1994) y luego en el Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI, 1998) donde la noción adquirió fuerza jurídica. Los crímenes de lesa humanidad son hechos como el asesinato y otros actos inhumanos de carácter  similar que intencionalmente causen gran sufrimiento o graves daños al cuerpo o a la mente o a la salud física, cuando son cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque.

En el caso colombiano la siembra de minas antipersona constituye un crimen de lesa humanidad porque es el uso de un arma que no permite aplicar el principio de distinción entre civiles y combatientes, que se ha sembrado en todo el país, incluso en lugares urbanos y en caminos por donde pasa la población civil y los niños que van a las escuelas. Más de once mil víctimas muestran que se trata de un crimen atroz que, a la luz del Estatuto de la CPI, tiene que ser sancionado y no admite condonación.

En la semana que acaba de pasar dos casos más claman por justicia: un cabo que ayudaba a construir un parque infantil en Convención, perdió sus piernas que fueron exhibidas en las mallas de una escuela como trofeos; otro el de una madre y dos niñas de diez y once años de edad. La última perdió una pierna.  Uno de esos actos fue cometido por el Eln y el otro por las Farc. Estos “incidentes” han producido una justificada reacción de la sociedad que habla de cobardía o, como dijo el Mindefensa, de “ratas” criminales. Son peor que ratas. Aunque digan que ahora van a levantar las minas ¿cuántas personas más van a perder sus miembros por causa de estos medios criminales? El Defensor del Pueblo está indignado, pero el Fiscal, que dice que los terroristas de las Farc no deben pagar cárcel, no ha dicho una sílaba. Pero persigue, con la ayuda de ciertas Ong, a nuestros soldados que son los héroes de nuestra Patria.

Un acuerdo de paz que consagre impunidad para estos criminales es imposible a la luz del Estatuto de la CPI.

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Coda. La complicidad de las autoridades con los invasores de La Conejera es repugnante.