RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 25 de Septiembre de 2012

Cirugía al Sistema Interamericano

 

Antes de que me caigan encima, debo aclarar que creo en el sistema interamericano de derechos humanos. Este ha prestado grandes servicios a la vida en comunidad y no creo que necesite reformas. Lo que se necesita es aplicarlo como es.

El artículo 62 de la Convención Americana contempla la llamada cláusula de jurisdicción facultativa según la cual el Estado puede reconocer como obligatoria la competencia de la Corte Interamericana (la Corte) sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención. Eso es lo que permite que la Corte pueda juzgar a un Estado. Una cláusula similar tiene el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia que considera que así como se declara la aceptación de competencia se puede retirar. Colombia retiró la suya en el año 2001.

Cuando la Corte llevaba el caso Ivcher contra el Perú, el Gobierno de ese país resolvió retirar su cláusula y la Corte, aplicando el “nuevo derecho” que no reconoce límites, le dijo que esa era una cláusula pétrea y que si quería retirarse de su jurisdicción debería denunciar la Convención. Es decir: si usted no acepta la jurisdicción de la Corte, mejor olvídese del respeto a los derechos humanos. ¡Una barbaridad!

Venezuela acaba de denunciar la Convención, probablemente fastidiada con la operación de los órganos del sistema y ante la imposibilidad de arreglar el problema de otra forma. Si a un gobierno, de por sí poco respetuoso de los derechos humanos, le dicen que denuncie la Convención y se vaya del sistema, los efectos pueden ser desastrosos para ese país.

Hace poco el actual ministro del Interior, Fernando Carrillo, habló en Washington de promover “una cirugía” al sistema de DD.HH. para que adquiera legitimidad. Supongo que estaba pensando en algo parecido a lo que hizo el Consejo Permanente de la OEA con la Comisión Interamericana: luego de analizar detenidamente su comportamiento, le hizo unas “recomendaciones” (que han debido ser interpretaciones auténticas) que se resumen en pedirle que se ciña a las atribuciones que le otorga la Convención. 

Lo mismo necesita la Corte. El hecho de que por vía jurisprudencial se convierta una cláusula “facultativa” en obligatoria o se acepten víctimas sin verificación adecuada o se fijen indemnizaciones exorbitantes o de que por modificación reglamentaria se eliminen los jueces ad-hoc, se reduzcan los plazos a los Estados perjudicando su derecho de defensa, o se les otorguen a los representantes de las víctimas facultades que no les da la Convención, es suficiente para decir que el ministro Carrillo tiene toda la razón.

La Convención contiene las atribuciones de los órganos del sistema, lo que éstos pueden hacer. Y si están haciendo más u otra cosa, hay que enmendarles la plana. Sin demora.

 

 

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Coda uno.Me dijo un sargento: “tener a Timochenko en el Senado es como poner a Garavito de director del ICBF”.

Coda dos. Una vez alcancemos la paz ¿qué vamos a hacer con los militares presos por una justicia politizada?