En los días que vienen se aclarará un interrogante crucial: ¿Se atreverá Gustavo Petro a llevar el caso por extralimitación de topes electorales que le ha abierto el CNE ante la corte interamericana de justicia? ¿Cómo fallaría la Corte interamericana este caso en el evento de que sea requerida para ello?
Cuando el anterior procurador Ordóñez sancionó al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, con la sanción de destitución del cargo de burgomaestre de la capital a raíz del despelote que se armó con el asunto de las basuras, el alcalde destituido llevó el caso hasta la Corte interamericana, aliñando su recurso con sonoros discursos desde el balcón del palacio Liévano. La corte internacional falló que una autoridad administrativa (la procuraduría) no podía sancionar a un elegido por el voto popular (el alcalde), anulando de esa manera la decisión del procurador Ordóñez.
Esta sentencia de la Corte interamericana se ha convertido desde entonces en el estandarte jurídico del hoy presidente Petro. La recuerda permanentemente, y la exhibe como un escudo invulnerable que le permite arremeter contra cualquiera autoridad civil o judicial que se atreva a razonar en contrario.
Ahora bien: ¿Llevará ante la Corte interamericana el asunto de la investigación administrativa del CNE a él y a otros dignatarios de la pasada campaña presidencial, por la presunta extralimitación de topes en los que se habría incurrido durante la pasada campaña presidencial?
El asunto es bien arriesgado para Petro. Si la Corte interamericana llegara a fallar negativamente se le derrumbaría al presidente la columna vertebral de su argumentación que reitera incansablemente desde cuando lo destituyó efímeramente el procurador Ordóñez.
Es una movida arriesgada pues, aunque el personaje es el mismo. La Corte interamericana podría encontrar perfectamente que las circunstancias en las que fundó su decisión anterior son diferentes a las de ahora.
En primer lugar, a diferencia de Ordóñez que creyó poder destituir a Petro, la Corte puede encontrar que en esta ocasión estamos frente a la apertura de una mera investigación sobre topes electorales que ha abierto una autoridad competente, como ya lo ha dictaminado el Consejo de Estado.
Y, en segundo lugar, que si al terminar la investigación cuya apertura apenas ha iniciado el CNE encuentra que hay méritos para formular una acusación formal contra el presidente, no puede sancionarlo de ninguna manera (como sí lo hizo Ordóñez con la destitución), sino que debe limitarse a dar traslado a la Cámara de Representantes para que ésta - a través de su comisión de acusaciones- defina si procede o no formular acusación formal. En cuyo caso deberá dar traslado de todo el asunto al Senado, que es la única autoridad según la Constitución para juzgar a los presidentes de la República.
El asunto es, pues, vidrioso. E implica un riesgo gigantesco para el presidente a pesar de todo el derecho que dice haber aprendido en el Externado de Colombia cuando cursaba las asignaturas de la carrera de economía.
Cuando se le oye decir que el golpe de Estado ha comenzado con la decisión del CNE; cuando se le escucha llamar a sus colectividades amigas para que se movilicen a lo largo y ancho del país para defender la democracia; cuando convoca al cuerpo diplomático acreditado en Colombia para explicarles -según él- el atropello que se está cometiendo contra el fuero presidencial por razón de la apertura de la investigación por extralimitación de topes que ha abierto el CNE; cuando, en síntesis, ha colocado al país todo en estado de emergencia política y anímica, uno podría pensar que está completamente seguro que le asiste la razón en el botafuegos que ha desatado contra el CNE y sus magistrados.
Si eso es así, lo que debe seguir entonces es que lleve el caso ante la Corte interamericana como lo hizo cuando fue destituido por el antiguo procurador Ordoñez.
Si no lo hace, es porque no está tan seguro de la solidez que soporta las razones jurídicas de sus furias recientes; pero si lo hace, y las cosas no le resultan bien en la Corte Interamericana que puede concluir que los casos no son análogos, entonces todo el andamiaje de su enojo se vendría al suelo.