ANIF: se necesita una tributaria “comprensiva” | El Nuevo Siglo
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Lunes, 9 de Abril de 2018
Redacción Economía
La brecha fiscal estructural de Colombia es del orden del 3% del PIB, señala estudio.

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La Reforma Tributaria del período 2018-2022 deberá allegar recursos adicionales por un 1% del PIB, señaló la Asociación Nacional de Entidades Financieras, ANIF.

Esa Reforma Tributaria “Comprensiva” debería lograr nuevos ingresos tributarios por un 1,5%-1,8% del PIB de forma sostenida y de manera creciente en el horizonte 2018-2022. Dicho recaudo podría aumentarse en un 0,5% del PIB/año de lograrse un mayor fortalecimiento de la DIAN.

No obstante, esto último no ocurrirá antes de lograrse allí una reforma profunda durante los próximos 2-3 años, señala el centro de estudios económicos.

Las cifras señalan que la tributación en Colombia se nutre de tres grandes rubros, la tributación corporativa o empresarial directa que recaudó un 5,7% del PIB en el año 2017 (42% del total del recaudo); la tributación directa a los hogares (1,6% del PIB y 11% del total); y la tributación indirecta al consumo, representada en el recaudo de IVA e Impoconsumo (5,5% del PIB y 40% del total).

Empresas tributan más

Esto corrobora que el 80% de la tributación directa de Colombia está en cabeza de las firmas y solo el 20% en cabeza de los hogares. Además, los impuestos indirectos al consumo recaudan mucho menos en Colombia (5,3% del PIB) que en Chile (8,2% del PIB); esto a pesar del reciente incremento de la tasa general del IVA del 16% al 19%

Para ANIF, la Ley 1819 de 2016 procedió a reducir la carga tributaria de las firmas del 40% hacia el esperado 33% en 2019
En 2013, esa tasa efectiva de tributación disminuyó hacia el 57.5% sobre las utilidades, según lo establecido en la Ley 1607 de 2012. Ello obedeció a la reducción de los pagos a seguridad social del 15.8% al 10.8% de las utilidades entre 2011-2013, dada la eliminación de 13.5pp de sobrecostos laborales para los salarios menores a 10 Salarios Mínimos Legales, que representan cerca del 75%-90% del total de empleados de la economía.

Dicho de otra manera, para los grandes contribuyentes el alivio proveniente de esas menores cargas en parafiscales laborales (-13.5pp) representó cerca del 5% de menores pagos respecto de sus utilidades en el año 2013.

Pero esas cargas fueron parcialmente sustituidas por la introducción de la Contribución Empresarial para la Equidad (CREE), con tasas del 9% sobre las utilidades, llevando el Imporrenta total del 32,1% al 34,2% en 2011-2013.

En ese momento, se tenían entonces tasas marginales de Imporrenta del 50,8% en 2013. Posteriormente, la Ley 1739 de 2014 cometió el craso error, a juicio del ANIF, de ensañarse sobre el gravamen de las firmas.

Allí se creó el Imporriqueza, aplicando inicialmente gravámenes en el rango 0.2% al 1,15% y después del 0,05% al 0,4% durante 2015- 2017, gravándose la tenencia de activos productivos, en contravía de promover mayor inversión y crecimiento; y la sobretasa del CREE para utilidades superiores a los $800 millones, llegando a totalizar el CREE tasas del 18% en 2015-2016

Así, la tasa efectiva de tributación corporativa alcanzó el 57,7% sobre las utilidades en 2016, donde el Imporrenta total se elevó hacia el 34,4%. Entonces se aplicaban tasas marginales de Imporrenta del 47%.

Con la aprobación de la Ley 1819 de 2016 redujo la tasa efectiva de tributación hacia el 55,8% de las utilidades en 2017, donde el Imporrenta total se redujo hacia el 32,5%.

Cabe aclarar que esta tasa efectiva del 55,8% que aquí reporta ANIF es inferior al 69,8% que reportó el Banco Mundial en su informe Doing Business en 2017. La discrepancia proviene del error del Doing Business del Banco Mundial al reportar que el impuesto territorial del ICA representaba una tasa efectiva del 19,5%, cuando en realidad debería ser del 7,4% sobre las utilidades, como bien lo argumentó el MHCP en su momento.

Más aún, para 2019, la tasa efectiva de tributación estaría descendiendo hacia el 48,8% de las utilidades, donde el Imporrenta total llegaría al 25,5%.