Esto debe ganar al año para declarar renta | El Nuevo Siglo
Cada día hábil declaran ciertas personas, como dispuso la Dian./ Archivo ENS
Miércoles, 21 de Agosto de 2024
Redacción Economía

Ya lleva más de una semana el inicio del calendario tributario definido por la Dian para que personas naturales que mantienen residencia fiscal en Colombia, hagan su respectiva declaración de renta. 

Esto quiere decir, que dicha acción deben realizarla aquellas personas que permanecen en el país por 183 días o más durante el año calendario.

Los topes de declaración se determinan en función de las Unidades de Valor Tributario (UVT), que es la medida de valor creada por el Gobierno de Colombia y calculada anualmente por la Dian, para este año 2024 se quedó en $47,065.

 

Alexander Hernández Fuentes, experto en consultoría financiera corporativa, señala que “los umbrales establecidos para el patrimonio corresponden a 4,500 UVT, que equivalen a $190.854.000, y para ingresos brutos, compras con tarjeta de crédito, consumos y consignaciones bancarias de 1,400 UVT, o $59.376.800. Al alcanzar o superar estos montos, es necesario presentar la declaración de renta”.

Cabe mencionar que la fecha límite para declarar renta este año es el 24 de octubre y esto se debe hacer según el último dígito de la cédula del contribuyente o NIT. “En primer lugar se debe verificar si se tiene o no que declarar renta, para ello tenga presente que declarar no implica necesariamente pagar; y en el caso de tener que cumplir con la declaración, consulte en el calendario tributario publicado en el sitio web de la Dian para no exceder el tiempo permitido”, sostiene el directivo.

 

Requisitos 

Para la declaración de renta del patrimonio se deben presentar certificados de saldos de cuentas bancarias, inversiones, escrituras de bienes inmuebles, documentos de adquisición de vehículos, entre otros. 

En cuanto a ingresos laborales, se necesita el certificado de ingresos y retenciones, certificados de salarios, honorarios y dividendos, estos documentos son emitidos por la entidad que realizó el pago. 

Las deducciones permitidas incluyen certificados de pagos de salud prepagada, educación, intereses de préstamos para vivienda y donaciones, con un límite del 35 % de los ingresos. Además, es crucial contar con el RUT actualizado.

Ahora bien, Hernández aclara que “si debe pagar impuesto de renta recuerde que para calcularlo se tiene en cuenta la renta líquida gravable, que se calcula depurando los ingresos brutos (esto incluye salarios, honorarios, ingresos por alquileres y cualquier otro tipo de ingreso) al restar devoluciones, costos y deducciones, y sobre este resultado se aplican las tarifas del impuesto de renta”.

Las sanciones en caso de no presentar la declaración a tiempo incluyen una multa por extemporaneidad de hasta el 5 % del impuesto a cargo, sin exceder el 100 % del impuesto, y una multa del 20 % de los ingresos o consignaciones totales en caso de omisión.

Además, uno de los cambios más importantes para este año, es que se ha reducido el porcentaje de deducciones permitidas. “Anteriormente, los contribuyentes podían deducirse hasta el 40 % o 5,040 UVT, mientras que para este año la reducción se limita a 1,340 UVT; no obstante, se mantiene el límite del 25 % para deducir rentas exentas, cesantías e indemnizaciones, sin superar los 790 UVT. Estos cambios implican un incremento en los impuestos a pagar para muchos contribuyentes”.