El operativo en Putumayo | El Nuevo Siglo
Lunes, 11 de Abril de 2022

* Urge definición de los entes de control

* Respuesta concluyente y cardinal del Estado

 

El operativo realizado por componentes de las Fuerzas Militares el 28 de marzo en la vereda Alto Remanso, del municipio de Puerto Leguízamo (Putumayo), sigue en la lupa de la opinión pública.  Ese día, según el reporte del Ministerio de Defensa y los comandantes castrenses en la zona, se desató un combate entre tropas del Ejército y uno de los varios grupos remanentes de las Farc, llamados “disidencias”.

El parte militar da cuenta de la baja de 11 integrantes, entre ellos dos cabecillas, constituyéndose en uno de los golpes más fuertes a los terroristas. Cuatro personas adicionales resultaron heridas, en tanto se reportó la incautación de armas, droga y elementos de uso privativo de la Fuerza Pública.

Sin embargo, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado el 30 de marzo: “En medio de los hechos murió el presidente de una Junta de Acción Comunal, su esposa, un adolescente de 16 años, un gobernador indígena, entre otras personas”. De este modo, la información parecería concordar con la de los familiares y residentes del caserío, quienes sostienen, entre otros, que en el operativo cayeron civiles ajenos a los combates que se habrían desatado en un bazar en la citada vereda.  Y la misma Defensoría solicitó, al respecto, un rápido esclarecimiento de los hechos.

Por su parte, el Gobierno defiende la legitimidad de la operación y el ministro de Defensa, Diego Molano, insiste en que el “operativo no fue contra campesinos, sino disidencias Farc”. Añade que los acontecimientos no se dieron en un bazar, sino contra los criminales que atacaron a los soldados. En ese mismo sentido el presidente Iván Duque Márquez dijo ayer en Nueva York, al defender la operación, que las actividades castrenses se llevaron a cabo dentro de “los protocolos de fuerza”. Y agregó que la misión estuvo sujeta a una planificación adecuada, fruto de claras labores de inteligencia, por lo cual se procedió acorde con una información precisa y eficaz.        

Vistas las solicitudes de la Defensoría del Pueblo, que tiene su razón de ser en la defensa de las instituciones dentro del orden constitucional establecido, es evidente que las autoridades competentes deben adelantar, en el término de la distancia, la respectiva investigación, de forma autónoma, objetiva, con total diligencia, y con base en los análisis perentorios de modo, tiempo y lugar. Ya la Fiscalía, Procuraduría y Justicia Penal Militar llevan a cabo sendas pesquisas sobre el terreno. También se activó un mecanismo preventivo de protección a los habitantes de la zona. Es importante para el país que los resultados de las investigaciones se den lo más pronto que sea posible. Nada peor que la lentitud en materia tan delicada, menos en este tipo de situaciones donde de antemano se pretenden fallos anticipados.

En momentos en que ciertos actores tratan de afectar la credibilidad de las Fuerzas Militares y de Policía su operatividad no puede quedar en duda. Si alguno de sus miembros faltó al deber operacional, y se llegare a comprobar dentro del debido proceso, es otra cosa. Para todo ello es primero necesario dejar que los entes de control e investigación actúen eficientemente, así como permitir el desenvolvimiento de la Justicia Penal Militar, con el respaldo integral y la exigencia ciudadana.

Dado el impacto en la opinión pública, es pues de la mayor conveniencia que los entes de control conformen, igualmente, equipos multidisciplinarios para acelerar las indagaciones y, en el caso del Ministerio Público, se podría incluso hacer uso de la figura del control preferente. Son los organismos correspondientes los que deben llegar al fondo de este asunto de inmediato y señalar de forma clara y contundente, ante los requerimientos de una entidad institucional como la Defensoría, si hay lugar a responsabilidades o si, por el contrario, como se desprende de lo dicho por las más altas autoridades nacionales, el operativo se realizó bajo los protocolos del uso legítimo de la fuerza y el amparo del Derecho Internacional Humanitario, que es factor misional prioritario de la Fuerza Pública según los cánones constitucionales.

No puede haber en esto la politización que algunos buscan, ni desviaciones que no vienen al caso, sino una postura concluyente, pronta y cardinal del Estado.