"La justicia externa debilita la interna" | El Nuevo Siglo
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Domingo, 21 de Abril de 2019
Redacción Política
El exministro Fernando Cepeda Ulloa considera que el auge de tribunales internacionales ha desinstitucionalizado la justicia colombiana

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EL NUEVO SIGLO: ¿En qué consiste su tesis de la desinstitucionalización de la justicia colombiana?

FERNANDO CEPEDA ULLOA: El tema central es que como producto de la globalización, de la década del 90 en adelante hay un triunfo del capitalismo que busca extenderse por el mundo. Una de las primeras premisas fue garantizar la inversión extranjera, y que cuando hubiese alguna discrepancia sobre esa inversión el tema se tendría que resolver, no en tribunales nacionales sino en los tribunales extranjeros que se crearon en las Cámara de Comercio, en el Banco Mundial, en la Cámara de París, etc.

Se consideró que eso es lo que le daba garantía al inversionista extranjero. Y esto dejó ‘sin oficio’ a los tribunales nacionales pues toda la carga judicial se trasladó a los tribunales extranjeros. Justamente eso es lo que ha fortalecido la legislación sobre el arbitramento nacional e internacional.

ENS: ¿Pero es solo en temas de arbitraje económico?

FCU: No. El otro tema que viene a fortalecer esta tesis es el de la protección de los derechos humanos. Terminada la Guerra Fría, una de las grandes preocupaciones fue asegurar cómo proteger los derechos fundamentales del ciudadano en todo el mundo. Entonces los mecanismos que ya existían como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Justicia, etc., comenzaron a jugar un papel incluso mucho más importante.

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha ayudado a ponerles fin a las dictaduras en Brasil, en Chile, en Paraguay, en Argentina. Y en ese tema Colombia ha sido un ejemplo en dos sentidos: que en temas de violación de derechos humanos siempre han sido objeto de estudios por parte de esos organismos internacionales, y que muchos individuos han acudido frecuentemente a esos organismos para pedir protección a sus derechos, más que a los organismos internos.

Para nosotros, aparte de los temas relacionados con violencia –guerrilla, paramilitares, etc.- el caso más significativo fue el de Gustavo Petro: cómo una decisión de un organismo de control colombiano, ratificada por el Presidente de la República, en cuestión de horas es desecha en una discusión de media noche por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

ENS: Bueno, pero es que allá acude todo el mundo…

FCU: Claro, porque no confían en los tribunales internos. Mire otro caso: en un foro que se realizó en Bogotá uno de los expertos invitados dijo: “En Colombia ni los militares ni los guerrilleros confían en la justicia colombiana”, por eso para resolver los conflictos resultantes de la violencia de los últimos 50 años es indispensable crear una jurisdicción especial, y así nació la JEP, y el nombramiento de sus magistrados se trasladó a una comisión internacional.

Ahora mire cómo nació la Corte Penal Internacional: después de la Guerra Fría se creó esa innovación descomunal para juzgar a los criminales de guerra de la antigua Yugoslavia y luego a algunos exgobernantes africanos. Y esa CPI es la que ahora va a comenzar a observar un delito del que casi nadie habla: el delito contra el medio, y ahí Colombia sí que tiene que ver y particularmente una guerrilla como el Eln, incluso las antiguas Farc está metida en delitos gravísimos de destrucción del medio ambiente.

ENS

ENS: ¿Y ese tema ambiental también va para tribunales internacionales?

FCU: Colombia hoy tiene más de 14 casos en tribunales internacionales que suman una cantidad enorme de dinero que empresas multinacionales están reclamando porque consideran que se tomaron decisiones que las perjudican, pues sufrieron daños económicos muy importantes, y están tratando de solucionarlos en los tribunales internacionales.

Allí hay de todo, comenzando por Odebrecht, y no son temas menores sino que son decisiones de política que afectan a la Nación de manera grave su hacienda pública en caso de perderse, porque los costos son descomunales.

ENS: ¿En ese panorama dónde queda la jurisdicción interna, que se supone es muy sólida?

FCU: Pues Colombia ha tenido una larga tradición jurídica de estabilidad, pero yo creo que va quedando para casos menores aunque importantes, si se comparan con estos grandes casos. Los grandes casos están alimentando la jurisdicción internacional.

Fíjese que hay otros casos importantes que también forman parte de la globalización después de la Guerra Fría. Por ejemplo, el juzgamiento de Pinochet en un tribunal español, luego su apelación a la Cámara de los Lores en Gran Bretaña, y luego finalmente su juzgamiento en Chile. Pero digamos que España y Bélgica adoptaron una legislación que les otorgaba jurisdicción universal sobre derechos humanos.

ENS: ¿Cuál es el principal argumento de quienes acuden a instancias internacionales antes que agotar primero la jurisdicción interna?

FCU: El tema se refiere a todas las jurisdicciones internas, no solo la colombiana, inclusive la de Estados Unidos y la europea, porque es una nueva herramienta que forma parte de la globalización para asegurar que el imperio de la ley funciona, existe, es eficaz, y que las reglas de juego para un inversionista extranjero no están cargadas en su contra sino que el terreno del juego está nivelado. Es un desarrollo nuevo de la globalización, o sea de un mundo que se gobierna en  algunos aspectos globalmente. Y eso afecta las jurisdicciones internas en todo el mundo.

Estados Unidos, por ejemplo, promovió la creación de la CPI pero no ratificó el Tratado de Roma, tanto así que hace pocos días le quitó la visa a la Fiscal de la CPI porque intentó investigar a un militar gringo. Nosotros, en cambio sí estamos sometidos a la CPI, por eso se ha hablado tanto de que esa Corte podría entrar a investigar algunos delitos en Colombia cometidos no solo por agentes del Estado sino también por las antiguas Farc durante el conflicto.

Fíjese que el tema de las objeciones a la JEP está íntimamente ligado a los temores que el Gobierno y las Farc alegan, según la interpretación que se haga del Estatuto de Roma frente a la JEP.

ENS: En el caso de Petro, se dictaron medidas cautelares cuando aún hoy quedan instancias internas por resolver, ¿entonces, para qué la jurisdicción interna?

FCU: Es que la CPI hasta ahora no ha juzgado a ningún colombiano, en cambio en la Comisión-IDH se ha ido ‘ampliando’ nuestra jurisdicción según los casos que van llegando y la jurisprudencia de sus magistrados. Aunque a la Comisión-IDH han llegado otros casos, no ha habido un caso de respuesta tan rápida y tan contundente en que haya medias cautelares de por medio.

Lo interesante es que el país se desentiende de cómo se constituyen esos tribunales, quién elige a sus magistrados, cuánto van a durar, etc. pero claro, tampoco hay esa preocupación por los tribunales colombianos.

ENS: ¿Pero será que quien acude a tribunales internacionales piensa que, a la fija, allí sí va ganar?

FCU: No es tanto pensando que allí se va a ganar, porque no son muchos los casos donde le ganan al Estado en esos tribunales, pero sí se piensa es que allá hay una mejor valoración del caso en cuestión.

En algunos casos hay un a confianza mayor y una expectativa mejor. Porque fíjese cómo Colombia es el país más sancionado en la Comisión Interamericana y eso le ha significado unas indemnizaciones muy altas en términos económicos. Por eso se creó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

ENS: ¿Pero será que los tribunales internacionales ofrecen mayores garantías procesales que la legislación interna?

ENS: Pues ese es el supuesto que ha llevado a que los contratos que se suscriben con grandes compañías, por ejemplo Electricaribe u Odebrecht, esas compañías creen más en el alcance y la imparcialidad de esos tribunales internacionales y desconfían de los organismos nacionales porque consideran que van a actuar con criterios nacionalistas o que son sobornables, etc.

ENS: Pareciera que esos tribunales internacionales reciben denuncias sin revisar si en Colombia ya se agotaron todas las instancias…

FCU: A veces. Lo que pasa es que en algunos casos la CPI es subsidiaria pero en el caso de algunos organismos de derechos humanos hay la apelación directa porque se considera que los organismos internos no han funcionado o no son creíbles.

Mire el caso de Venezuela: el propio presidente Duque cuando era senador presentó una demanda contra Maduro acompañado de otros países para que la CPI se ocupara de ese caso porque la legislación de Venezuela no da confianza. Ahora, Naciones Unidas aprobó una resolución que recoge un concepto muy importante que se llama ‘Responsabilidad para Proteger’, el cual considera que cuando hay violación sistemática de los derechos humanos en un país, la comunidad internacional puede intervenir militarmente pero bajo ciertos requisitos.

Otro caso: la Organización Mundial del Comercio decide temas comerciales entre Panamá y Colombia, o entre Estados Unidos y Colombia, y ha condenado a Estados Unidos en varios casos. Es una muestra de la globalización de la justicia.

Fíjese que la Organización Internacional del Trabajo introdujo aquello que conocemos como consultas previas, que consiste en consultar a las comunidades étnicas que se puedan ver afectadas por determinados proyectos, y por eso es que esas comunidades han hecho respetar sus derechos.