Fallo de Corte IDH en caso Petro: inicia asimilación | El Nuevo Siglo
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Viernes, 28 de Agosto de 2020
Redacción Nacional

Los primeros contactos entre la Procuraduría General y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se dieron ayer con el fin de trazar acciones frente al impacto que tendría el fallo que emitió esta semana la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH), en el cual ordena a Colombia adecuar su ordenamiento interno de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas. 

La Corte IDH falló a favor del hoy senador Gustavo Petro el caso que presentó por la destitución en diciembre de 2013 como alcalde de Bogotá por parte del entonces procurador General, Alejandro Ordóñez, debido a las irregularidades que el ente de control encontró se presentaron en el cambio de modelo de aseo en la ciudad.

En ese sentido, el Tribunal internacional declaró que el Estado colombiano es responsable de las violaciones de los derechos políticos de Petro cuando se vio forzado a salir de su cargo el 19 de marzo de 2014, aunque después de un mes el entonces mandatario fue restituido por unas medidas cautelares que le otorgó el Tribunal  Superior de Bogotá.

El fallo de la Corte IDH señaló que “en el caso de la sanción impuesta al señor Petro (...) el órgano que impuso dicha sanción no era un “juez competente”, no hubo “condena” y las sanciones no se aplicaron como resultado de un “proceso penal”, en el que tendrían que haberse respetado las garantías judiciales consagradas en el artículo 8 de la Convención Americana”.

De acuerdo al Tribunal, las normas que facultan a la Procuraduría para imponer suspensión, destitución e inhabilidad a funcionarios elegidos popularmente, constituyen una violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Dicha Corte dio un año a Colombia para adecuar su ordenamiento interno de acuerdo con lo señalado en la Sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas. 

Como consecuencia para los funcionarios de elección popular quedaron en vilo las facultades sancionatorias que le otorga a la Procuraduría la Constitución del 91.

Otro efecto que asoma a la vista sería una eventual cascada de demandas contra el Estado buscando indemnización económica por parte de exfuncionarios de elección popular que han sido destituidos en todo este tiempo, tomando como ejemplo el caso de Petro, a quien como consecuencia del fallo de la Corte IDH el erario tendrá que pagar US$18 mil.

Como consecuencia, en las últimas horas se reunieron el procurador, Fernando Carrillo; el director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez Alzate; la viceprocuradora, Adriana Herrera Beltrán, y el delegado para la Conciliación Administrativa, Iván Darío Gómez Lee, para definir una hoja de ruta en la construcción de los instrumentos necesarios para la sentencia de la Corte IDH.

Las dos entidades iniciaron el análisis de los efectos que tendría la decisión de este Tribunal sobre los procesos disciplinarios contra funcionarios de elección popular comprometidos con la desviación de recursos públicos, afectación a los derechos fundamentales y obstrucción a la justicia.

Entre las estrategias que se exploran están la revisión de los instrumentos jurídicos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el control de convencionalidad frente a otros tratados suscritos por Colombia.

Para la Procuraduría General y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica uno de los temas fundamentales que será analizado tiene que ver con los mecanismos que le den prevalencia a los principios del derecho internacional que la Corte Constitucional ha determinado como vinculantes en Colombia para los tratados internacionales, entre otros, el principio de subsidiariedad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

‘Papa caliente’

El procurador Carrillo Flórez dijo que la sentencia de la Corte IDH en el caso de Gustavo Petro contra el Estado colombiano puede llevar a realizar ajustes normativos que jamás podrán traducirse en escenarios de impunidad en la lucha contra la corrupción, para beneficiar funcionarios de elección popular que han actuado indebidamente.

Carrillo no descartó solicitar aclaraciones o consultas a la decisión de la Corte IDH que “permitan fortalecer y no debilitar la potestad disciplinaria de la Procuraduría”.

El Procurador finalizará su periodo en enero próximo, tiempo que, como se puede interpretar por el trabajo que inició con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, aprovechará para no dejarle la ‘papa caliente’ por este fallo a su sucesora Margarita Cabello, desde ya dando los primeros pasos con sus aportes para adecuar el sistema disciplinario sobre funcionarios públicos de elección popular, sin que pierda la Procuraduría dientes en la lucha contra la corrupción pública.