Una delegación de alto nivel de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) visitó ayer la Corte Penal Internacional (CPI) ubicada en La Haya, Países Bajos, en donde se reunió con la fiscal Fatou Bensouda y el vicepresidente de este organismo Perrin de Brichambaut para profundizar el diálogo que mantienen en el marco del examen preliminar en curso de la situación en Colombia sobre genocidio y crímenes de guerra que han ocurrido en el conflicto armado.
La delegación de magistrados de la JEP estuvo integrada por su presidenta Patricia Linares; el presidente de la Sección de Apelación de la JEP, Eduardo Cifuentes, y la componente de la Sala de Amnistía e Indulto, Lily Rueda.
La fiscal Bensouda indicó en un comunicado que los magistrados de la JEP “con esta visita tenían por objeto entablar una conversación con la Fiscalía a mi cargo, para continuar con los intercambios llevados a cabo en Bogotá, Colombia, en el marco de la visita técnica realizada por la Fiscalía en marzo de 2018 y, más recientemente, durante la visita del Fiscal Adjunto, en mayo de 2018”.
Añadió Bensouda que la reunión “brindó otra oportunidad de profundizar el diálogo entre la JEP y la Fiscalía en el marco del examen preliminar en curso de la situación en Colombia. Los temas en discusión abordaron el estado de las operaciones de la jurisdicción especial, así como sus actividades recientes. La reunión también fue valiosa al haber hecho posible un diálogo oportuno sobre los desarrollos relevantes para el marco jurídico que regula el funcionamiento de la jurisdicción, incluyendo la aprobación reciente de las Reglas de Procedimiento de la JEP”.
Bensouda reveló que “reiteré a la presidenta de la JEP mi apoyo sostenido a sus esfuerzos por asegurar la justicia para las víctimas, de conformidad con la letra y el espíritu del acuerdo de paz, así como también con los principios, valores y requisitos del Estatuto de Roma”.
Destacó Bensouda que la forma en que la JEP implemente su mandato está intrínsecamente vinculada al objetivo de lograr la paz sostenible en Colombia. “Por consiguiente, es de la mayor importancia que la Jurisdicción Especial continúe asegurando que los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos durante el conflicto armado no queden impunes. Seguiremos siendo un socio en ese esfuerzo, orientados por las exigencias del Estatuto de Roma”.
Los cambios
Los magistrados de la JEP explicaron a la fiscal Bensouda los recientes cambios que hizo el Congreso a esta Jurisdicción en la recientemente aprobada ley de procedimientos, el primero de estos sería crear una sala especial exclusiva para militares con el objeto de asegurar un procedimiento diferenciado para el juzgamiento. Mientras que se apruebe este procedimiento se suspenden por 18 meses los procesos de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Aunque la disposición deja abierto que mientras tanto los uniformados también pueden acogerse al sistema original previsto en el acuerdo de paz, tal como ocurrió el pasado martes con el mayor general del Ejército, Henry Torres, quien se convirtió en el primero en firmar el acta de sometimiento.
El segundo cambio que hizo el Legislativo a la JEP a través de la aprobación de la ley de procedimientos es que sus magistrados no podrán practicar pruebas para verificar ocurrencia de hechos por los que los excombatientes de las Farc son pedidos en extradición. Solo tendrán competencia para validar la fecha de ocurrencia de los supuestos delitos.
Esta norma está pendiente de que la Corte realice el respectivo examen de exequibilidad, aunque el Gobierno de antemano considera que estos artículos son inconstitucionales.
En diciembre pasado la CPI abrió la puerta a intervenir en Colombia por casos de crímenes de guerra ejecutados en el conflicto armado que podrían quedar en la impunidad producto de las amnistías y medidas similares que se otorguen por el acuerdo de paz.
Así lo consigna el informe anual sobre exámenes preliminares dado a conocer en esa oportunidad en La Haya por la Fiscalía de la CPI, a cargo de Bensouda.
Reza el documento que “la exclusión de crímenes del Estatuto de Roma, como los crímenes de lesa humanidad y el genocidio, de las amnistías, indultos, y del beneficio especial de renuncia a la persecución penal, conforme está prevista en la Ley de Amnistía, es un aspecto importante del marco jurídico que regula la JEP. Sin embargo, en relación con los crímenes de guerra, el requisito legal de que la conducta haya sido cometida de forma sistemática podría llevar a que se dicten amnistías u otras medidas similares en favor de individuos responsables por crímenes de guerra que, si bien no fueron cometidos en forma sistemática, podrían no obstante estar abarcados por la jurisdicción de la CPI”.