Una revisión exhaustiva a la contratación directa bajo el régimen de ley de garantías, hará la Auditoría General de la República, AGR. Es por eso que como resultado de estos análisis, en pocos días presentará el resultado de estas pesquisas. Según dijo el auditor Carlos Rodríguez Becerra, "el informe mostrará lo que pasó por regiones y en qué procesos se repiten los mismos contratistas”.
Durante 2017, la contratación directa fue la modalidad utilizada en 616.180 contratos a nivel nacional (55,4%). Pero según el auditor general, en los 10 primeros meses del año anterior, previo a la primera fase de la restricción, dicha forma de contratar representó el 70 % de los casos en los entes territoriales. “No cuestionó la legalidad de la modalidad exprés, pero sí es algo que coloca la ejecución de los recursos públicos en niveles altos de riesgo, como la contravención a los principios de planeación y pluralidad de oferentes”, indicó Rodríguez.
Alarma de la Auditoría
Rodríguez Becerra ha preparado un paquete de propuestas que enmarcan el Plan Estratégico Institucional que regirá la actividad de la AGR durante el periodo 2017-2019. Entre ellas se destacan el desarrollo de un Modelo Integral de Control Fiscal que permita la armonización, unificación y estandarización del proceso de control fiscal y el fortalecimiento de las contralorías.
Así mismo, el Auditor General planteó una reforma integral al Sistema de Control Fiscal colombiano, con lineamientos puntuales como: fortalecer el control social de los recursos públicos; el establecimiento de una política pública de control fiscal; la cultura de rendición pública de cuentas a los ciudadanos; la complementariedad del control fiscal con el Sistema de Control Interno, y la evaluación y categorización de las contralorías territoriales, entre otros temas.
Rodríguez Becerra entregó algunas cifras que en el mes de trabajo que lleva al frente de la Auditoría General, observa con preocupación, principalmente en lo referente a la contratación directa que considera uno de los puntos críticos que abre paso a la corrupción.
El Auditor General se referirá a datos como el 74 % del valor total de la contratación durante la vigencia 2016, se ejecutó de manera directa, y que en lo que concierne a los primeros diez meses del 2017, la cifra en esta modalidad de contratación ya superó el 70 % del total de lo contratado en los territorios, ha disparado las alertas del ente auditor, pues es una cifra cercana a la de todo el año 2016, y aún falta por revisar el indicador con los meses de noviembre y diciembre que históricamente arrojan la mayor actividad contractual, agravada con que en este período entró en vigencia la Ley de Garantías electorales.
Finalmente, Rodríguez Becerra instó a los contralores a actuar con oportunidad y decisión frente a la contratación y los presupuestos de sus jurisdicciones, a involucrar a la ciudadanía y al control social en la vigilancia de los recursos públicos, y a modernizar y fortalecer los organismos territoriales de control fiscal como adalides de la lucha contra la corrupción.
Desde el pasado 11 de noviembre entró en vigencia la Ley 996 de 2005, que busca brindar garantías a todos los candidatos y campañas políticas de cara a las elecciones a Congreso que se realizarán el 11 de marzo del 2018, y de Presidente de la República, el 27 de mayo.
La serie de prohibiciones garantizará el equilibrio y la transparencia del actuar administrativo en medio del debate electoral, evitando que la nómina estatal y la contratación directa favorezcan a los candidatos para llegar a los comicios.
Existen dos restricciones: a los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas se les prohíbe celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos en los cuatro meses anteriores de cualquier elección.
Por otro lado, a partir del 27 de enero de 2018 y hasta la fecha, sea quien sea elegido el Presidente de la República, todas las entidades del Estado, de las ramas del poder público no podrán contratar directamente. Estas restricciones no aplican a las entidades sanitarias y hospitalarias. Además, durante la vigencia de la ley se podrán celebrar contratos con modalidad de selección como la licitación pública, concurso de méritos y selección abreviada.
Asimismo, los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas, no podrán vincular o desvincular personal o modificar la nómina estatal.
Tampoco se podrán crear nuevos cargos ni proveer vacantes definitivas, salvo que se trate de renuncia, licencia, muerte o expiración del periodo fijo que se vuelvan indispensables en la administración de la función pública.