Colombia es objeto de una agresión por parte de Nicaragua, desde 1982, cuando el gobierno de ese país centroamericano publicó el famoso “Libro Blanco” que declaró no reconocer el tratado limítrofe Esguerra-Bárcenas.
Así lo advirtió el almirante retirado David René Moreno, ex jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares y ex viceministro de Defensa Nacional.
El pronunciamiento se produce dos días antes de que, el próximo lunes, comiencen en la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya (Países Bajos), las audiencias para que las delegaciones de Colombia y Nicaragua presenten sus argumentos orales en el caso “Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas náuticas desde la costa nicaragüense”.
Esta es la tercera demanda de Nicaragua a nuestro país. La primera fue fallada en 2012 y Colombia, aunque conservó la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia, perdió dominio sobre alrededor de 80 mil kilómetros cuadrados de mar. Un segundo fallo se dio en abril pasado y la Corte negó el principal cargo contra Colombia, en torno a un incumplimiento de la decisión de 2012, aunque sí la conminó a avanzar en su implementación.
EL NUEVO SIGLO: ¿Qué espera Colombia con el desarrollo de estas nuevas audiencias orales?
DAVID RENÉ MORENO: Lo primero que se debe mencionar es que estamos siendo objeto de una agresión por parte de Nicaragua, donde su actual dictador comenzó a hostigar a nuestro país desde que llegó con las armas al poder en 1982, publicando el famoso “Libro Blanco”, donde sin vergüenza alguna declaró no reconocer el Tratado Esguerra-Bárcenas. Eso es un ataque a la soberanía colombiana.
Lo que Ortega busca en todo momento es colocar un sofisma de distracción a los problemas internos de su país, desviando la atención de los ciudadanos hacia un objetivo de carácter nacionalista. Hasta ahora hemos sido víctimas de una conspiración comunista internacional que ha fallado políticamente las demandas de Nicaragua, en lugar de tomar decisiones basadas en las normas del derecho.
Estoy seguro de que todo el país está esperando que haya sensatez en las decisiones de la Corte y decida no considerar la propuesta de Nicaragua, que quiere pasar por encima de nuestros derechos soberanos al exigir una plataforma continental extendida que afectaría nuestra soberanía.
El límite de las aguas marítimas entre los dos países debe ser la línea que genera el meridiano 82, porque es lo acordado entre los dos Estados soberanos en 1928. Ese meridiano es la frontera marítima entre los dos países. A lo que está aspirando Nicaragua es lo mismo que ocurriría si Corea del Sur exigiera una plataforma continental extendida frente a su vecino Japón.
ENS: ¿Qué pasaría si la plataforma nicaragüense se extiende más allá de las 200 millas?
DRM: Se afectaría la soberanía de Colombia. Se estaría confirmando que las decisiones de la Corte están amañadas y no actúan en derecho. Se estaría dando pie a que mañana Nicaragua busque adueñarse del archipiélago promoviendo un plebiscito, como el que manipuló Putin con la península de Crimea. Se estaría generando un enclave en el mar Caribe occidental que favorecería los intereses chinos para crear un escudo que presione y debilite a los Estados Unidos
ENS: ¿La nueva comisión negociadora está bien preparada para enfrentar estos retos, en especial sobre la Convención del Mar, que no fue ratificada por Colombia?
DRM: Desconozco el grado de conocimiento y preparación que pueda tener la nueva comisión. Lo que sí es importante considerar es cuál seguirá siendo el comportamiento de Ortega frente a estas demandas, ahora que tenemos (en Colombia) un gobierno de izquierda, esto es, de su misma ideología política.
ENS: ¿Está de acuerdo con el almirante retirado William Porras que expresa que le corresponde a la Armada, como órgano técnico, dar respuesta a esas dos preguntas vitales que hace la Corte de La Haya sobre la plataforma Continental?
DRM: Son dos preguntas:
1. Según el derecho internacional consuetudinario, ¿puede el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá 200 millas marinas, desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial, extenderse dentro de las 200 millas náuticas desde las líneas de base de otro Estado?
2. ¿Cuáles son los criterios del derecho internacional consuetudinario para determinar el límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial? y, a este respecto ¿Los apartados 2 a 6 del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar reflejan el derecho internacional consuetudinario?
La Armada Nacional es una de las instituciones que asesoran al Gobierno en temas relacionados con el mar, los ríos, las costas y asuntos afines y se le debe consultar, porque son los expertos. Sin embargo, al tratarse de un tema que compete al Gobierno, es el mismo Gobierno el que debe responder y asumir las responsabilidades de sus respuestas.
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Error primigenio
ENS: ¿Será que la Corte Internacional de Justicia no interpretó desde el principio la potestad de Colombia sobre esa jurisdicción y, en especial, el Tratado Esguerra-Bárcenas, y por esa razón los fallos adversos?
DRM: Cuando Colombia y Nicaragua firmaron y ratificaron ese Tratado (1928 y 1930, respectivamente) no existía aún lo que se firmó en 1982 y se conoce como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Los Estados eran soberanos y legislaron para ellos, lo cual ha debido ser respetado por la Corte Internacional de Justicia. Además, en los fallos, para mí, amañados, se afectan los límites de otros Estados y se establecen definiciones o doctrina que no existe ni en el derecho consuetudinario, como el aislamiento de islas al norte. De todas maneras, el fallo de CIJ de 2012 declaró la validez del Tratado de 1928 pero solo en lo que le convenía a Nicaragua. La CIJ interpretó lo que se le dio la gana, sin respetar las decisiones soberanas de los Estados.
ENS: Los expertos denuncian que la CIJ pretende crear doctrina extralimitando sus funciones con los fallos adversos para Colombia.
DRM: Estoy totalmente de acuerdo con ese planteamiento. La CIJ está estableciendo una doctrina particular para favorecer los intereses de Nicaragua y afectar los intereses de los vecinos. Nicaragua es el vecino que nadie quiere tener a su lado porque, además de ser una mala influencia, trata de buscar ventajas en detrimento de los intereses nacionales de los otros Estados. Tenemos que vivir con ese mal gobierno porque es imposible poder sacarlo del vecindario, a menos que caiga el régimen.
ENS: Si no se falla en derecho, ¿qué otros caminos tiene Colombia para hacer valer sus derechos legales y constitucionales sobre la jurisdicción del archipiélago?
DRM: Si el Tratado Esguerra-Bárcenas ha sido reconocido por la CIJ y Nicaragua insiste en no reconocer su valor, entonces debemos volver a la situación antes de 1928 y Colombia debe tomar posesión inmediata de las islas Mangle, islas del Maíz y la costa caribe de Nicaragua. Es lo que ocurre cuando se hace una negociación que no llega a feliz término, volver a la situación inicial. Colombia no puede dejarse chantajear y menos manosear por un régimen comunista y violador de los derechos humanos. Hay que defender la soberanía nacional y la integridad del territorio.
¿Ir a la ONU?
ENS: ¿Colombia podría acudir al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para que tome medidas, debido a que el fallo del 19 de noviembre de 2012 fue lesivo a los intereses de la Nación, porque se desconoció la Cédula Real de 1803 al Virreinato de la Nueva Granada?
DRM: Aunque la Carta de las Naciones Unidas en sus artículos 33 y 34 habla del Consejo de Seguridad y, en particular, sobre el tema de la solución de controversias, este Consejo entraría a actuar frente a situaciones que pongan en peligro la paz y la seguridad internacionales. Aunque considero que Nicaragua está agrediendo a Colombia, mientras no intente hacer uso de la fuerza para el logro de sus propósitos expansionistas, no podría actuar el Consejo de Seguridad.
ENS: ¿A pesar de que un juicio de CIJ es vinculante, final, sin posibilidad de apelación, Colombia podría sumarse a los más de 20 casos de desacato, entre ellos los de Francia, Estados Unidos, Albania, Argentina, Guinea-Bissau, Irán, Malasia, Nigeria, Rumania, Sudáfrica, Tailandia, Islandia y Marruecos?
DRM: El tema es de legalidad y de soberanía. Colombia no puede aceptar que cualquier institución internacional esté por encima de la Constitución Nacional, que es la Ley de Leyes. Esto no es un tema de desacato sino de ilegalidad y de ausencia de justicia al desconocer olímpicamente nuestros derechos.