Radican demanda para penalizar aborto sin excepciones | El Nuevo Siglo
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Viernes, 6 de Marzo de 2020
Redacción Nacional

Pocos días después que la Corte Constitucional se declarara inhibida de pronunciarse sobre dos demandas que buscaban la penalización del aborto sin excepción alguna, en referencia a las tres causales que lo permite la sentencia C-355 del 2006, ayer se conoció que la accionante, la abogada Natalia Bernal, radicó nuevamente las acciones con los respectivos ajustes, pues el alto Tribunal determinó sobre las primeras que no cumplía con todos los requisitos para poder hacer un análisis y pronunciamiento de fondo.

La abogada Bernal Cano explicó que revisó las demandas y por ello insistió en radicarlas ante la Corte Constitucional. Una es contra el Código Civil que pide reconocer al feto como persona con derechos y la otra contra el Código Penal, que de ser fallada favorablemente, dejaría sin efectos las tres excepciones para no penalizar la interrupción del  embarazo que fijó este alto Tribunal en la sentencia C-355 del 2006.

Estas causales son cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentida, o de incesto.

Una de las demandas radicadas por la abogada Bernal el pasado miércoles dice "los niños menores de un año comprenden los niños en gestación. La falta de reconocimiento del carácter de persona humana a este grupo de seres vivientes, además de demostrar una incapacidad total de las autoridades públicas para garantizar la protección de los derechos, impide que los niños en período gestacional reciban cuidados médicos".

Con la decisión de la Corte de seis votos contra tres de no pronunciarse de fondo sobre dichas demandas, el aborto se mantiene en Colombia como en los últimos 14 años, es decir, está penalizado salvo en las tres causales que estableció la Sentencia C-355 del 2006.

Además, el alto Tribunal en su decisión del lunes pasado derrotó la ponencia que presentó el magistrado sustanciador Alejandro Linares, en la que planteaba la despenalización del aborto hasta la semana 12, reconociendo de esta manera el derecho que tienen las mujeres de decidir sobre su cuerpo.

La Corte señaló, acerca de las dos primeras demandas que presentó la abogada Bernal, que “las razones presentadas no cumplen con los requisitos" de certeza, especificidad, pertinencia, suficiencia y claridad.

Agregó el alto Tribunal que,  las razones presentadas "están fundamentadas en argumentos genéricos y excesivamente vagos" y ofrecen "evidencia empírica que se construye a partir de concepciones personales, como fotografías, material audiovisual, literatura y entrevistas a terceros".

Tras esta decisión Bernal dijo que “respeto la decisión de la Corte, pero no la comparto al igual que no la comparten miles de colombianos. Considero que esas decisiones son totalmente irresponsables ante los daños que se están produciendo en la población colombiana y que les he comprobado en abundante material probatorio”. Agregó que “la Corte nos sorprende con que no es capaz de administrar justicia. No es capaz ni de ir a un lado ni de ir al otro y prefiere lavarse las manos, dejando las cosas como están".

Explicó que "estamos hablando de una cifra inicial de 13.000 mujeres perjudicadas en su salud física y mental, además, estamos hablando de niños discapacitados que están naciendo a pesar de las agresividad de métodos abortivos practicados en estados gestacionales avanzados. Yo entregué 300 folios demostrando argumentos científicos y jurídicos. En cuanto a argumentos jurídicos, denuncié once violaciones a la Constitución y seis violaciones a los tratados internacionales".

Una de las demandas busca dejar sin efecto la interpretación que hizo el alto Tribunal del artículo 122 del Código Penal, que castiga el aborto cuando se realiza por fuera de los casos permitidos con hasta cuatro años y medio de prisión.

Pronunciamiento de la Iglesia

Tras el reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la despenalización del aborto, la Iglesia colombiana, a través de monseñor Juan Vicente Córdoba Villota, presidente de la Comisión Episcopal de Promoción y Defensa de la Vida, señaló que lo ocurrido ha sido “un alto en el camino que nos permite tomar aire y continuar con lo que la Corte todavía no ha solucionado ni le toca, lo que el Congreso asumirá es que la vida se respeta desde la concepción hasta la muerte natural”.

En esta línea, el también obispo de Fontibón, recordó que “continúan vigentes todas las sentencias anteriores que siguen haciendo daño, que permiten terminar con la vida de un nasciturus a los siete u 8 meses; por ello, para nosotros no significa, de ninguna manera, un fin, sino continuar en nuestra lucha por la defensa y promoción de la vida”.