Carta del 91, nieta de la alemana de 49 e hija española de 78 | El Nuevo Siglo
Cortesía
Domingo, 4 de Julio de 2021
Redacción Política

El exconstituyente, exministro y experto jurista Juan Carlos Esguerra analiza la Constitución nacional desde su dimensión política, el núcleo humanista, el tipo y modelo de Estado Social de Derecho a que dio vida. Señala que las cartas suelen durar en promedio 19 años y la de nuestro país lleva 30 y sigue con plena vigencia. También explica qué otros países la tomaron como fuente para sus propias reformas

EL NUEVO SIGLO:- Hoy se cumplen 30 años de la firma y entrada en vigencia de la Carta del 91 ¿Cómo explicar y entender lo que significa que esta sea la Constitución Política del país y sus implicaciones?

JUAN CARLOS ESGUERRA:- Debe entenderse que es la Constitución Política porque, a diferencia de lo que ocurría con su antecesora, la Carta de 1886, que fue una Constitución más formal que real, una Constitución que rigió más por obra de sus disposiciones para casos de excepción que por disposiciones para los tiempos normales, la de 1991 ha sido una Constitución que se ha vivido realmente, que se ha hecho realidad y que ha rescatado y destacado, en primer lugar, el valor de la persona humana, el valor de los derechos de la persona humana, de la manera de proteger esos derechos de la persona humana.

ENS:- ¿Cómo se refleja ese humanismo constitucional en la Carta vigente?

JCE:- Desde el artículo primero se subraya la dignidad humana y allí se eleva ese concepto, que es originalmente nacido en la teología, que luego pasó a la filosofía, y que ahora ha tenido un significado de carácter jurídico.

Esa idea de la dignidad humana es la base del Estado Social de Derecho, es la base de la construcción del Estado, es la base de la carta de derechos, de los instrumentos de protección. Por eso se habla del humanismo y de la persona humana como centro gravedad, como núcleo de la Constitución.

ENS:- No pocos tratadistas sostienen que la Carta del 91 dio lugar a un Estado Social de Derecho que es muy distinto al que se tenía con la del 86 ¿Qué clase de Estado de Derecho rige hace 30 años?

JCE:- Es en cierta forma distinto del que teníamos porque ya el Estado Social de Derecho, aun cuando no tuviera ese nombre, había comenzado entre nosotros a partir de la reforma de 1936. Pero lo que creó la Constitución del 91 fue un Estado en donde el papel central lo tiene la persona humana, lo tiene sus derechos y la búsqueda de la realización de esos derechos. Pone al Estado como subalterno de los derechos de las personas y como encargado de la realización de esos derechos y de la igualdad.

Se ha avanzado considerablemente pero falta un camino largo por recorrer, sin lugar a la menor duda. En buena medida, por obra y gracia de la Corte Constitucional ese Estado Social de Derecho se ha hecho una realidad, con todo y lo que falta por caminar.

ENS:- ¿En Latinoamérica, en donde es común estar cambiando no solo de constituciones sino de modelos políticos, ideológicos y económicos, se podría decir que la estabilidad en estos aspectos fundacionales de Colombia tiene relación directa con la solidez de la Carta del 91?

JCE:- Sin duda sí. Leía recientemente una obra de un profesor norteamericano que decía que en promedio en el mundo las constituciones tienen una duración de 19 años. La nuestra está cumpliendo 30.

Es, por otro lado, la Carta del 91 en Colombia la segunda más larga en la historia, con todo lo que eso significa. Es una Constitución que cobró legitimidad desde prácticamente el día siguiente a su promulgación porque los colombianos la sentimos nuestra, la consideramos lo que debía ser una carta política para organizar nuestro presente de entonces y el futuro de entonces.

De manera que, sin duda, nuestra estabilidad política ha tenido que ver con nuestra Constitución y la estabilidad de nuestra Constitución ha tenido que ver con nuestra estabilidad política.

ENS:- Algunos tratadistas sostienen que la Carta del 91 tiene su principal virtud en que desarrolla y encarna una democracia real, genuina, un sistema político realizable, y no uno de fachada o que esconde o permite un régimen de facto ¿Qué opina?

JCE:- Es absolutamente cierto. Ahora, que a veces no lo sea plenamente no tiene que ver con la Constitución o con falencias de la Constitución, sino con que los colombianos a veces no somos tan partícipes como tenemos el derecho y el deber de serlo. No somos tan miembros activos de la comunidad. En lo que hay que avanzar es en hacer en que los colombianos, todos o al menos la gran mayoría, nos apropiemos plenamente de nuestra Carta y la hagamos plenamente una realidad.

Constitucionalismo comparado

ENS:- En materia de política constitucional comparada ¿Cómo es la Constitución colombiana, su esencia, su espíritu, por ejemplo, frente a las constituciones europeas o de Estados Unidos?

JCE:- Diría que la Constitución colombiana pertenece a la nueva generación de constituciones del mundo que nació con las constituciones de la segunda posguerra europea y particularmente con la constitución alemana de 1949.

Alguien decía, con no poca razón, que la Constitución colombiana termina siendo en ese sentido nieta de la mencionada constitución alemana e hija de la constitución española de 1978, que son de las más representativas entre esas constituciones del mundo contemporáneo. Una segunda generación, después de aquella que comenzó a finales del siglo XVIII, especialmente con la norteamericana.

Y es, por otro lado, la Carta del 91 una constitución cuyo centro de gravedad no está solamente, como estuvo antes, como estuvo siempre, en el poder, en su realización, en su afirmación, en su control, en su funcionamiento, sino que está principalmente en la persona humana, de la cual el poder es un instrumento para efectos de su realización plena.

De manera que la colombiana es una constitución moderna.

ENS:- Después de entrar en vigencia la Carta del 91 en varios países latinoamericanos también hubo grandes reformas ¿En alguno de esos casos se tomó como referencia o fuente la colombiana?

JCE:- Creo que ejerció alguna influencia en la constitución venezolana de 1999, sin duda. Ha tenido influencia en algunas constituciones centroamericanas que han nacido después de ella. Y creo que va camino de ejercer una influencia importante en la que aparecerá de Chile cuando empiece a funcionar la asamblea constituyente que acaban de elegir.

ENS:- Frente a algunas constituciones americanas y europeas en las que hay prevalencia del Ejecutivo sobre los demás poderes, y otras en donde, por el contrario, el poder presidencial está muy subordinado ¿Cómo ubica y califica el esquema de poderes que tiene la Carta del 91?

JCE:- Es una Carta equilibrada en materia de la forma como reparte el poder entre las distintas ramas; mantuvo la idea de las tres ramas tradicionales del poder y les agregó unos órganos independientes con el propósito, además, de ejercer ciertos controles sobre esas ramas. Como por ejemplo, el que ejercen el Ministerio Público (Procuraduría y Defensoría del Pueblo) y el de carácter electoral.

Eso funcionó bastante bien. El Presidente tiene atribuciones y competencias significativas, pero también las tiene el Legislativo y los jueces. En esa materia, el asunto es bastante equilibrado, así en determinadas oportunidades y respecto de determinados aspectos puntuales uno eche de menos que pueda haber más poder o más controles.

Peros al modelo

ENS:- Los críticos del modelo político y económico de la Carta del 91 señalan que lo cierto es que Colombia tiene hoy altos niveles de exclusión social y desigualdad ¿Qué responder?

JCE:- El modelo definido por la Constitución es un modelo neocapitalista de un Estado Social de Derecho, que comienza por afirmar como postulados fundamentales la iniciativa privada, la libertad de empresa y la libertad de competencia. Pero también la dirección de la economía a cargo del Estado, que le señala al Estado una serie importante y muy nutrida de obligaciones para ir haciendo realidad los derechos de las personas.

Es decir, no se limita simplemente al reconocimiento de los derechos sino que está creando instrumentos para que esos derechos se hagan realidad. Ahora, sigue habiendo exclusiones, desigualdad, diferencias entre unos y otros, que tenemos que ver cómo se van resolviendo, pero no son en ninguna forma culpa de la Constitución.

ENS:- Tomando como referencia la explosión social de Chile a finales de 2019 y los señalamientos a que su constitución bloqueaba las soluciones y era necesario cambiarla ¿La constitución colombiana, como mecanismo político, si tramita, si es válvula de escape de los focos de inconformismo social?

JCE:- Sin duda. En el caso de la constitución chilena, la vigente nació en la era de Pinochet, es reaccionaria, es dura, no reivindica en la forma en que debería hacerlo los derechos, no pertenece a ese nuevo mundo de las constituciones que han venido apareciendo. Por eso están en el proceso de reformarla.

En el caso de la colombiana, la respuesta es que sí. La Carta del 91 subraya las libertades y los derechos de las personas, busca hacerlos plenamente realidad. Ese es el mérito más importante que tiene. Y mire cómo la gente se ha apropiado de ella, la siente suya.

Entre todas las cosas que se han venido planteando en los últimos tiempos respecto de los cambios que necesita el país, no se habla, como solía hablarse en tiempos de la constitución de 1886, de un cambio institucional. La gente entiende, en general, que lo que falta por hacer puede perfectamente hacerse dentro del marco de la Carta del 91.

ENS:- En un país en donde se habla de reformitis constitucional ¿La Carta del 91 ha sido muy, poco o normalmente reformada?

JCE:- Ha sido muy reformada en algunos aspectos, en no pocos de ellos innecesaria e inconvenientemente, pero en todo caso, afortunadamente, esas reformas se han centrado en la parte orgánica y no en su parte dogmática, ya que esta en lo fundamental continúa siendo la misma.

Hay una reforma que me parece que sí fue positiva: la que instituyó la extradición que había prohibido originalmente la Constitución.

ENS:- Tras el pico de tensión social reciente y las percepciones de algunos sectores en torno a que hay un bloqueo político, económico, social e institucional, hay quienes insisten que el país necesita en estos momentos una constituyente para enfrentar las distintas crisis actuales ¿Su opinión? 

JCE: Así como en el caso de la carta de 1886 era claro que el nuevo país que debía construirse para efectos de adecuarse a los nuevos tiempos requería una nueva constitución, en el caso de la del 91 para mí está perfectamente claro que lo que hay que cambiar, lo que hay que mejorar, en lo que hay que progresar cabe perfectamente dentro de la Constitución.

Me parece que sería inconveniente e inoportuna una reforma en donde terminaríamos probablemente en unos debates políticos sobre reelecciones presidenciales, por ejemplo.

ENS:- En esa misma ola de paros, los jóvenes han tenido protagonismo principal. Muchos de ellos sostienen que hay que cambiarlo todo para que haya algo nuevo, remover cuellos de botella… ¿La Carta del 91, como sistema político y estatal, está en capacidad de responder a esas inquietudes, inconformismos y aspiraciones de la juventud de hoy?

JCE:- Sin duda sí. Esas reivindicaciones, reclamos y deseos de cambio, que son perfectamente comprensibles, todos caben por el camino de esta Constitución, tal como ella tiene definido cómo se debe estructurar el Estado para efectos de la realización plena de los derechos. Dentro de su marco cabe todo aquello que se quiere cambiar, siempre que se quiera cambiar por las buenas, a las buenas, respetando los derechos de los demás y entendiendo en qué consiste la tarea de cada ser humano y la del Estado.

Balance positivo

ENS:- Para una persona que no solo fue constituyente, sino que ha tenido altas responsabilidades de Estado, trasegado por la academia y analizado el país ¿30 años después cuál es su balance de la Carta del 91, que se expidió como el mayor acuerdo político en un país con varias décadas en conflicto armado?

JCE:- Muy positivo. Debo decir que no es estrictamente la constitución que yo habría redactado pero posiblemente ha demostrado ser una carta mucho mejor que la que yo habría redactado, precisamente por haber nacido de ese consenso, haber tenido en cuenta la postura ideológica, las opiniones y los planteamientos de los unos y los otros. Por haber sido hija del diálogo, del poder de convicción, de quienes estuvieron dispuestos y en plan de convencer a otros, y además dispuestos y en plan de dejarse convencer de los otros.

Me gusta la Carta, con todo y lo que hay que reconocer que tiene algunos defectos, que podría mejorar en algunos aspectos. En términos generales el balance no puede ser más positivo.

ENS:- ¿La peor y la mejor reforma a esta Carta?

JCE:- Más que peor o mejor, me parece que valdría la pena destacar el carácter innecesario e inconveniente de alguna de las reformas que se han introducido o la inutilidad que han tenido esas reformas por el lado orgánico.

Por ejemplo, en materia de la organización de la administración de justicia no hemos logrado dar con la fórmula ideal que debería definir la Carta. En eso hemos tenido reformas malas, regulares y buenas, pero en todo caso (perdóneme la expresión) más bien chimbas. Hemos hecho cosas que no eran necesarias, no hemos hecho las que eran necesarias o las que se hicieron no se han hecho todavía en la forma en que correspondía.

ENS:- Una última pregunta y trasladémonos a ese 4 de julio de 1991 y el momento en que Usted estampa la firma en la Carta en semejante escenario histórico ¿Ese modelo de país que estaba reflejado en ese texto, hoy, 30 años después, se cumplió?

JCE:- Sí, definitivamente sí. Así lo consideré entonces, pero naturalmente con una serie de incertidumbres porque había respuestas que solo el tiempo nos iba a dar. Fue una satisfacción en el seno de la constituyente por el deber cumplido y la forma en que se había cumplido. Por el espíritu que se había logrado generar en la constituyente y trasladar a la propia constitución.

 

<FOTOLEAD>PARA EL exconstituyente Juan Carlos Esguerra es claro que, a diferencia de la del 86, de tono más formal, la Carta del 91 ha sido una Constitución que se ha vivido realmente

 

<FOTOLEAD>SEGÚN ESGUERA, tenemos una carta equilibrada en cuanto a la forma en que reparte el poder entre las distintas ramas

 

<DESTACADO>Desde el artículo primero se subraya la dignidad humana y se eleva ese concepto, que originalmente nació en la teología, luego pasó a la filosofía y ahora tiene un significado de carácter jurídico


<DESTACADO>“Nuestra estabilidad política ha tenido que ver con nuestra Constitución y la estabilidad de nuestra Constitución ha tenido que ver con nuestra estabilidad política”