Reforma a la salud se debe tramitar como estatutaria | El Nuevo Siglo
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Jueves, 16 de Febrero de 2023
Redacción Web

Cuatro senadores apelaron la decisión del presidente de la Cámara, David Racero, de tramitar la reforma a la salud como ordinaria, a través de la comisión séptima. 

Los peticionantes son: Paloma Valencia, Humberto de La Calle, Hernán Darío Cadavid y Jonathan Pulido Hernández, quienes consideran que la Ley contiene disposiciones de carácter estatutario y por ellos piden que la misma sea tramitada por la comisión primera. 

"Tenemos la plena convicción de que el mencionado proyecto contiene sendas disposiciones que revisten carácter estatutario, como se explica en los anexos, y por ende debe ser tramitada a través de la Comisión Primera. En atención a la decisión expresada por su despacho, elevamos esta apelación con el fin de que sea la Plenaria de la Cámara de Representantes quien determine si nos asiste la razón frente al trámite que debe surtir el proyecto de ley cuestionado, y se decida así, la comisión pertinente para su estudio.

El recurso fue radicado en consideración al artículo 44 de la Ley 5 de 1992, que faculta la apelación de las decisiones de los Presidentes ante la respectiva Corporación Legislativa. En este sentido, los senadores hicieron uso del respectivo recurso de apelación.

"Respetuosamente, nos permitimos presentar recurso de apelación contra la decisión de efectuar el reparto del Proyecto de Ley No. 339 de 2023 Cámara "Por medio de la cual se transforma el Sistema de Salud y se dictan otras disposiciones a la Comisión Séptima Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes", dice la carta. 

Esta carta surge luego de que el presidente de la Cámara publicara una carta donde explicara los argumentos por los cuales la propuesta de ley debía ser ordinaria y discutida en las convocadas sesiones extra. 



"La Corte Constitucional ha sido, además, clara y pacifica en la determinación de que la naturaleza de una regulación estatutaria u ordinaria no está ligada a la mera denominación del legislador, sino al contenido material de la misma. Hay, por tanto, una prelación de los criterios materiales sobre los formales o nominales (Ver Sentencia C-818/11). Independientemente del carácter nominal atribuido por el autor al proyecto, o del modo en que llegase a conocerse por la opinión pública o en el trámite de los debates parlamentarios, el examen constitucional sobre la naturaleza de la ley se ocupará exclusivamente del ámbito material de aplicación", dijo Racero en la carta.

Finalmente, Racero precisó: "Atendiendo a todos los argumentos planteados, y entendiendo que la última opción planteada el trámite como "Ley Estatutaria" comportaría una extralimitación de funciones vedada al Presidente de la corporación, que desconocería las facultades de iniciativa legislativa del ejecutivo y suplantaría el desarrollo integral del debate parlamentario, acojo las recomendaciones del equipo jurídico de la Presidencia de la Cámara de Representantes y comunico que se iniciará el trámite del Proyecto de Ley 339 de 2023 mediante el reparto a la Comisión Séptima Constitucional en los términos oportunos bajo el procedimiento reglado para las leyes ordinarias".