Revocatoria de mandatarios, otra oportunidad | El Nuevo Siglo
Los alcaldes de Medellín, Daniel Quintero, y Cúcuta, Jairo Yáñez, afrontarán entre febrero y marzo próximos votaciones de revocatoria de sus mandatos.
El Nuevo Siglo
Miércoles, 12 de Enero de 2022
Redacción Política

La revocatoria de mandato de alcaldes y gobernadores en sus 26 años de aplicación ha logrado solo una vez que salga del cargo el gobernante de turno. En el principio de 2022 este mecanismo de participación tendrá una nueva oportunidad de mostrar si empieza a calar en la ciudadanía, pues se votará la continuidad o no de los burgomaestres Daniel Quintero, en Medellín, y Jairo Yáñez, en Cúcuta

La revocatoria del mandato de alcaldes y gobernadores es uno de los ocho mecanismos de participación ciudadana contemplados por la Constitución, junto a otros como el voto, el plebiscito y el referendo.

Con la revocatoria de mandato, la Constitución generó otro espacio de participación política, con el fin de que los ciudadanos, así como eligen a un gobernador o un alcalde, también tengan la posibilidad de dar por finalizado su periodo de gobierno si la gestión que adelanta no llena sus expectativas.

La revocatoria la pueden solicitar los ciudadanos  cuando el mandatario regional cumple un año en el cargo y hasta cuando le reste un año para finalizar su periodo de cuatro años.

Hay dos razones por las cuales los ciudadanos de un municipio, distrito o departamento pueden promover iniciativas para que sus alcaldes o gobernadores sean retirados de sus cargos: cuando exista insatisfacción general de la población con la gestión o este haya incumplido el programa de gobierno.

Esto último en virtud del voto programático consagrado en el artículo 259 de la Carta Política.

Desde la primera revocatoria de mandato en el año 1996 se han realizado hasta la fecha 136 jornadas en las urnas, con tan solo una aprobada, en Tasco, Boyacá, el 29 de julio de 2018.

En esa oportunidad se cumplieron los dos requisitos que exige este mecanismo para hacerse efectivo, como es en primer lugar que alcance un umbral de participación del 40%, medido sobre la votación total válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario.

Participaron en esa jornada de revocatoria 1.658 ciudadanos, superando el umbral mínimo de 1.382 sufragios requerido.

En segundo lugar, en Tasco se cumplió que la mayoría de los 1.658 ciudadanos que participaron votó afirmativamente que se revocara al alcalde, lo que significó su automática salida del cargo.

Qué ha pasado con el mecanismo

El hecho de que solamente una de 136 revocatorias de mandato que se han realizado en los últimos 26 años resultara efectiva indicaría de plano que este mecanismo de participación ciudadana no ha funcionado.

No obstante, este análisis podría ser superficial porque el éxito del mecanismo no se mide por el número de servidores públicos que han sido revocados, pues el objetivo del mismo no es sacar alcaldes y gobernadores  del cargo, sino permitir que la población  ratifique o ponga punto final al mandato en las urnas, a propósito de que un grupo de ciudadanos inconformes con la gestión tramiten una iniciativa de esta naturaleza.

Desde este punto de vista se puede decir que la revocatoria de mandato de alcaldes y gobernadores no ha funcionado porque de las 136 jornadas en las urnas que se han realizado hasta la fecha, 135 naufragaron debido a que no se cumplió el umbral de participación.

En este punto podría pensarse que la revocatoria de mandato de gobernantes territoriales ha sido afectada por el fenómeno abstencionista para todo tipo de elecciones en Colombia, que por lo general se ubica entre un 45% y 50% de ciudadanos que no acuden a las urnas.

Precisamente viendo que la revocatoria de mandato no atrae a los ciudadanos a las urnas, el Congreso aprobó la Ley 1757 de 2015, que flexibilizó los requisitos, reduciendo el número de firmas de apoyo a la iniciativa al 30% de los votos obtenidos por el mandatario elegido y el umbral de participación al 40%.


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Antes la Ley 134 de 1994 exigía recoger un número de firmas de respaldo a la iniciativa equivalente al 40% de los votos obtenidos por el mandatario y que la participación ciudadana fuera el 60% de la votación total válida registrada el día de su elección.

Sin embargo, el remedio tampoco funcionó porque de las jornadas de revocatoria de mandato que se han realizado en los últimos seis años solamente fue efectiva, como se dijo, la del municipio de Tasco, el resto no dio frutos porque no fue alcanzado el umbral.

También hay que precisar que no todas las revocatorias que se impulsan son producto de la inconformidad de la ciudadanía con la gestión del mandatario, pues no pocas tienen su origen en los sectores políticos que perdieron las elecciones y quieren de esta forma sacar del cargo a su contrincante.

Así se estaría torciendo el espíritu de la revocatoria de mandato por rencillas y apetitos políticos.

Hace un tiempo el magistrado del Consejo Nacional Electoral, Hernán Penagos, dijo a EL NUEVO SIGLO que la revocatoria de mandato “se volvió una estrategia de quienes no quedan conformes con el elegido”. 

Añadió que “se dice que esta se da por incumplimiento del plan de desarrollo propuesto”, pero “a veces ni siquiera esperan a la aprobación del plan de desarrollo para empezar a socializar buscar firmas y a deslegitimar al gobernante como estrategia para torpedear el ejercicio”. 

Igualmente, no se puede dejar de lado, mirando la baja participación de los ciudadanos en las urnas, los costos que significa para el Estado la realización de las jornadas de revocatoria de mandato de alcaldes y gobernadores, pues la Registraduría debe hacer un montaje con toda la infraestructura como la de cualquier otro tipo de elección, con mesas, biometría, transmisión de datos; además, proveer jurados de votación así como registradores delegados y jueces para el escrutinio de los sufragios.

Adicionalmente, están los costos y tiempo que significa a la Registraduría revisar las firmas de apoyo a la revocatoria de un alcalde o gobernador que entregan los comités de ciudadanos que impulsan estas iniciativas; así como las audiencias que debe hacer el Consejo Electoral para dar oportunidad al gobernante en la mira para que defienda su gestión. 

Van a las urnas

Desde enero de 2021, cuando se cumplió el primer año en el cargo de los actuales alcaldes y gobernadores, se han presentado más de un centenar de solicitudes de comités ciudadanos para revocatoria de mandato. 

Sin embargo, el proceso ha sido lento porque la recolección de firmas estuvo suspendida, por casi cuatro meses en 2021, a la espera de que el Ministerio de Salud estableciera unos protocolos para que se hiciera con las medidas de bioseguridad por la pandemia.

Hasta el momento hay dos iniciativas de revocatoria para ir a las urnas. Una es la del alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, que será el 30 de enero próximo, según fijó tras tres aplazamientos el gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano.

Así como la del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, quien impugnó el informe técnico de la Registraduría que tras un análisis dio como válidas 133.242 de las 383.685 firmas recolectadas de apoyo a la revocatoria.

No obstante, el pasado lunes la Registraduría dio el resultado de una nueva revisión a las firmas debido a la impugnación de Quintero, encontrando válidas 132.908 firmas, de las 91.211 que requería presentar el Comité promotor de la revocatoria del mandato.

Ahora la Dirección del Censo Electoral de la Registraduría Nacional debe expedir el informe técnico definitivo, a partir del cual el Gobernador de Antioquia tiene dos meses para que se vote esta revocatoria de mandato.