Comisión de la Verdad | El Nuevo Siglo
Jueves, 11 de Junio de 2015

Uno de los senadores que fue ponente, en su momento, de la Ley del Marco Jurídico para la Paz, le dijo a un periodista que estuvo “revisando detenidamente” el texto del comunicado emitido la semana pasada por las delegaciones negociadoras del Gobierno y las Farc en La Habana respecto a la “Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición”. Según el parlamentario, lo que más le llamó la atención es que el mismo texto afirma que se trataría de un “mecanismo independiente e imparcial de carácter extra-judicial”, por lo que -agregó- no “entiendo por qué en las sucesivas ruedas de prensa de los voceros de las Farc y el Gobierno se habla de crear a partir de la misma un sistema integral de justicia” que sería la base del proceso de justicia transicional.

Lo dice el Marco

Según el congresista, que pidió la reserva de su nombre, la ley del Marco Jurídico es muy clara en advertir que tras firmar el proceso de paz una ley “deberá crear una Comisión de la Verdad y definir su objeto, composición, atribuciones y funciones. El mandato de la comisión podrá incluir la formulación de recomendaciones para la aplicación de los instrumentos de justicia transicional, incluyendo la aplicación de los criterios de selección”. Según el parlamentario “es claro que esta comisión sí tendrá un mandato judicial y no extrajudicial porque hace parte del Marco Jurídico de justicia transicional, por lo que no se ve muy bien cuál es el puente que puede unir la Comisión que se crea en La Habana con la que establece el Marco Jurídico, que ya recibió el aval de la Corte Constitucional”.

El inciso 2

Sin embargo, al revisar el texto del acto legislativo 1 de 2012, sí hay una coincidencia en la palabra “extrajudicial”, que aparece igualmente en el texto del comunicado de La Habana. En el inciso 2 del artículo 66 transitorio de la Constitución (anterior al referido a la Comisión de la Verdad) se dice textualmente: “Mediante una ley estatutaria se establecerán instrumentos de justicia transicional de carácter judicial o extrajudicial que permitan garantizar los deberes estatales de investigación y sanción. En cualquier caso se aplicarán mecanismos de carácter extrajudicial para el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas”.

Para el Gobierno

Precisamente sobre lo que significa que la Comisión tenga un carácter “extrajudicial” hablaron esta semana tanto el jefe negociador Humberto de la Calle y el alto Comisionado de Paz, Sergio Jaramillo: “Esta no es un monstruo que sale a buscar gente para culparla. Lo que hace es mirar prácticas, patrones de criminalización y sobre todo oye a las víctimas. La Comisión de la Verdad tiene el escenario de las víctimas, la Justicia el de victimarios”, comentó el jefe de la delegación, a lo que el Comisionado de Paz añadió: “lo que se diga en esa Comisión no puede ser utilizado para abrir procesos judiciales en contra de nadie, porque o si no se nos convertiría en una feria de denuncias con otros intereses. Aquí lo que queremos es que la gente hable de verdad, sin miedo de que eso va a tener consecuencias judiciales”.