Bogotá: beneficios tributarios por habilitar cicloparqueaderos | El Nuevo Siglo
Foto: Secretaría de Movilidad
Jueves, 9 de Febrero de 2023
Redacción Web

Los establecimientos comerciales que adecuen espacios para habilitar cicloparqueaderos podrán acceder a descuentos tributarios de hasta el 120 % en el Impuesto de Industria y Comercio, ICA; el beneficio aplica para los sectores cuya actividad económica no sea la de estacionamientos o garajes para autos o bicicletas. 

Los establecimientos que, adecuen estacionamientos para bicicletas, a partir del Decreto 091 de 2021 y de acuerdo al procedimiento definido por la Secretaría Distrital de Movilidad, podrán acceder a un descuento tributario hasta por 5 años, contados a partir del siguiente año gravable al que realicen las inversiones, siempre y cuando, cumplan las condiciones de diseño y calidad establecidos por la Administración Distrital y permanezcan habilitados durante los próximos cinco (5) años contados a partir de su entrada en funcionamiento. 

Requisitos para acceder al descuento

  • Si tienes entre 12 y 120 cupos de estacionamientos para vehículos, deberás asignar al menos un 25% más de cupos para bicicletas. 
  • Si tienes más de 120 cupos de estacionamientos para vehículos, deberás asignar al menos un 30% más de cupos para bicicletas. 
  • Si tienes entre uno y 11 cupos de estacionamientos para vehículos, deberás asignar al menos ocho cupos más de estacionamiento para bicicletas. 
  • Si no tienes parqueadero para vehículos, deberás asignar al menos seis (6) espacios para el estacionamiento de bicicletas.


Los comercios interesados en aplicar al incentivo deberán cumplir con los requisitos establecidos por el Comité Interinstitucional de Cicloparqueaderos contenidos en el Decreto 091 del 24 de marzo de 2021 en el cual se indica el procedimiento para dar el aval a los proyectos, su seguimiento y control y los motivos de su cancelación.