Candidatas conservadoras contra violencia política | El Nuevo Siglo
Foto Gobernación de Bolívar
Viernes, 5 de Marzo de 2021
Redacción Política

El Partido Conservador se convirtió en la primera colectividad del país en expedir un protocolo destinado exclusivamente a evitar actos de violencia política contra la mujer de cara a las próximas elecciones.

La propuesta surge luego de varios estudios, como el del Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria, según el cual seis de cada diez mujeres que ejercen cargos de elección popular manifestaron haber sido víctimas de violencia política, situación que por permanecer invisibilizada termina aceptándose como “un costo normal del ejercicio de la actividad política”.

La expedición del protocolo coincide con la conmemoración del Día Internacional de la Mujer y con el propósito de garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres en la vida política.

“Presentamos el primer protocolo de No Violencia Política contra la Mujer el cual fue suscrito por el Directorio Nacional y toda la bancada de congresistas del Partido Conservador. Con la firma de este pacto nuestro partido se convierte en el primero en el país con un instrumento que le permite atender, erradicar y sancionar la violencia política contra las mujeres. Esperamos que este protocolo sirva de inspiración, de ejemplo, no solo para los partidos políticos sino para todas las organizaciones gubernamentales del país con el fin de aumentar los liderazgos femeninos”, explicó la senadora Nadia Blel, quien lidera la Organización Nacional de Mujeres del Partido Conservador.



Abecé del Protocolo

El protocolo de No Violencia Política contra la Mujer define esta práctica como “todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial o económica”.

¿Qué busca este Protocolo?

Identificar la violencia política contra las mujeres, así como promover acciones de concientización, difusión y capacitación del protocolo a fin de prevenir las situaciones de violencia política y garantizar el respeto, la igualdad y la equidad en el ámbito partidario.

También asesorar, defender y proteger a las mujeres frente a actos constitutivos de violencia contra la mujer en la vida política que hayan sido denunciados; sancionar toda acción u omisión constitutiva de violencia contra la mujer en la vida política, y promover medidas de reparación para las víctimas de violencia contra la mujer en la vida política.

Tipos de violencia política

El Protocolo establece que se identifican varios tipos de violencia política de género: violencia física, sexual, psicológica, económica y simbólica.

Algunos actos que se consideran violencia política en razón de género son:

- Acciones que causen, o puedan causar, la muerte violenta de mujeres en razón de su participación o actividad política.

- Agresión física a una o varias mujeres con el objetivo de restringir o anular sus derechos políticos.

- Violentar sexualmente a una o varias mujeres, con el objetivo de restringir o anular sus derechos políticos.

- Actos de acoso sexual, que influyan en las aspiraciones políticas de las mujeres.

- Amenazas o intimidaciones.

- Difamación, calumnia, injuria o cualquier expresión que denigre a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género.

- Discriminación a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos, por encontrarse en estado de embarazo, parto, puerperio, licencia por maternidad o de cualquier otra licencia justificada.

- Divulgación de imágenes, mensajes o revelen información de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos.

- Obstaculizar o impedir a la justicia de las mujeres para proteger sus derechos políticos.

- Imposición de sanciones injustificadas y/o abusivas.

- Limitación o negación arbitraria del uso de cualquier recurso y/o atribución inherente al cargo político que ocupa la mujer.

- Eviten por cualquier medio que las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos asistan a cualquier actividad que implique la toma de decisiones.

- Proporcionar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos, información falsa, errada o imprecisa y/u omitan información a la mujer, que induzca al inadecuado ejercicio de sus derechos políticos.

- Restringir el uso de la palabra de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos.

- Imposición por estereotipos de género la realización de actividades y tareas ajenas a las funciones y atribuciones de su cargo o posición o que tengan como resultado la limitación del ejercicio de la función política