Tambalea en la Corte Constitucional la ley de “paz total” | El Nuevo Siglo
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Lunes, 26 de Junio de 2023
Redacción Web

UN NUEVO traspié podría tener la política de paz del Gobierno porque quedó en vilo la Ley 2272 de 2022, que prorrogó la Ley 418, o de orden público, que le permite adelantar negociaciones tanto con las guerrillas como con los grupos armados multicrimen. Se conoció que el magistrado Jorge Ibáñez en una ponencia pidió hundirla por vicios que encontró en su trámite en el Congreso.

Le toca a la Sala Plena del alto Tribunal estudiar y votar las consideraciones que expresó el magistrado Ibáñez en la ponencia, a quien le correspondió hacer la sustanciación producto de una demanda que presentó un ciudadano contra la Ley 2272 de 2022.

De caerse esta ley el Gobierno quedaría en cero en cuanto a las herramientas jurídicas que requiere para emprender negociaciones con los grupos multicrimen, como el ‘Clan del Golfo’, pues es lo novedoso en esta norma.

En ese sentido, su eventual caída en la Corte no afectaría las negociaciones que adelanta el Gobierno con el Eln, pues la Ley madre, la 418, ya contemplaba hacerlo con grupos guerrilleros.

Un primer golpe a la ofensiva del Gobierno para tener las herramientas jurídicas que requiere su estrategia de paz y que apunta a lograr la desmovilización de la mayor cantidad que se pueda de grupos armados al margen de la ley, con negociaciones múltiples, se produjo en la pasada legislatura al hundirse por falta de trámite el proyecto de ley de sometimiento a la justicia.

El magistrado Ibáñez da cuenta en la ponencia, entre otras, que el trámite en el Congreso de la República del entonces proyecto de ley de la ‘paz total’ tiene varios vicios, uno de ellos, es que no contó con el concepto que debe entregar el Consejo Superior de Política Criminal a toda iniciativa que toque la parte penal.

Por otra parte, cabe mencionar que existen otras demandas a la Ley 2272 de 2022 y una de ellas, fue interpuesta ante la Corte por el abogado Javier Pava, atacando en la misma el artículo 2 porque considera que es inconstitucional.

Este artículo, señala que en cumplimiento de la sentencia C-101 de 2022 proferida por la Corte Constitucional, se determina que los entes territoriales que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, estén recaudando el tributo creado con fundamento en el artículo 8 de la ley 1421 de 2010, y cuyo hecho generador sea en el caso de los departamentos la suscripción a un servicio público domiciliario, o de los municipios, los bienes raíces, sujetos al impuesto predial, podrán continuar cobrándolo con base en las condiciones definidas en sus ordenanzas o acuerdos.

Por lo tanto, el accionante pide declarar inconstitucional este artículo porque no establece un hecho generador del tributo que se ajuste al principio de legalidad; porque vulnera el principio de irretroactividad tributaria al autorizar el recaudo frente a situaciones previas a su expedición y porque desconoce los principios de equidad e igualdad tributaria debido a que en algunas partes del país los suscriptores de servicios públicos responsables del impuesto predial deberán pagar la tasa, pero en otras no.



Procuraduría

La Procuraduría General también considera que la Ley 2272 de 2022 no se ajusta a la Constitución. Así lo señala la procuradora Margarita Cabello en un concepto que hizo llegar a la Corte en marzo pasado.

En el concepto señaló que el trámite de la norma vulneró el principio de consecutividad, que exige que los proyectos de ley se tramiten en cuatro debates de manera sucesiva en las comisiones y en las plenarias de las cámaras.

Margarita Cabello señaló que varias disposiciones de la norma no fueron estudiadas en estricto sentido por las comisiones primeras constitucionales permanentes, pues fueron propuestas solo hasta las deliberaciones ante las plenarias.

Entre esas disposiciones no discutidas en las comisiones primeras se encuentran la creación de una instancia de alto nivel del Gobierno Nacional para el estudio, caracterización y calificación de las estructuras armadas de crimen de alto impacto.

Igual sucedió con la calificación de los grupos armados ilegales conformados por personas que integraron organizaciones desmovilizadas al margen de la ley y la reconciliación con la naturaleza como una medida de reparación, que según la Procuraduría fueron incorporadas por proposiciones presentadas en el último debate en la plenaria de la Cámara.

De igual manera, la procuradora llama la atención en dicho concepto “sobre el hecho de que el vicio originado por la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal durante la deliberación de las cámaras constituye un yerro que no solo afecta a las disposiciones acusadas, sino que se proyecta sobre todo el articulado de la Ley 2272 de 2022, en tanto sus disposiciones están orientadas a la seguridad y el orden público y, por lo tanto, se encuentran asociadas a la política criminal del Estado cuya discusión parlamentaria debió estar informada por dicho dictamen".