Cursos pedagógicos por comparendos ya se pueden agendar | El Nuevo Siglo
Foto cortesía Secretaría de Movilidad
Miércoles, 2 de Septiembre de 2020
Redacción Bogotá

La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) reactivó desde este martes los servicios a los ciudadanos y se levantó la suspensión de términos en los procesos de tránsito.

Por esta razón y para darle mayor claridad a la ciudadanía, la Secretaría precisó que de acuerdo con el Artículo 136 del Código Nacional de Tránsito, una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción podrá optar por una de las siguientes alternativas, sin necesidad de otra actuación administrativa:

  1. Cancelar el 50% del valor de la multa dentro de los cinco días siguientes a la orden de comparendo, siempre y cuando asista obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en un organismo de tránsito, un centro de enseñanza automovilística o un centro integral de atención, debidamente registrados ante el RUNT.
  2. Cancelar el 75% del valor de la multa, si paga dentro de los veinte días siguientes a la orden de comparendo, en igualdad de condiciones sobre el ítem anterior.
  3. Si aceptada la infracción y esta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el 100% del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.

Así las cosas, lo que debe ocurrir dentro de los primeros 5 o 20 días, es el pago del porcentaje del valor de la multa de acuerdo con la opción que tome el contraventor.

¿Cómo será el procedimiento?

A quienes se les haya impuesto un comparendo entre el 1 de junio al 31 de agosto, para acceder al beneficio establecido en el artículo 136 del Código Nacional de Tránsito, deberán: 

  • Pagar el 50% del valor de la multa dentro de los primeros cinco días contados a partir del 1 de septiembre de 2020 o cancelar el 75% de la infracción, en los primeros 20 días contados a partir del 1 de septiembre de 2020; también, agendarse para la toma del curso, dentro de los próximos 30 días calendario, contados a partir del 1 de septiembre
     
  • Quienes ya efectuaron el pago deberán agendarse para la realización del curso pedagógico dentro de los siguientes 30 días (30 de septiembre de 2020) a la reanudación de la prestación de servicio.

Cabe anotar, que para la jurisdicción de Bogotá los ciudadanos podrán tomar el curso en las sedes dispuestas por la Secretaría Distrital de Movilidad o en los centros integrales de atención de su preferencia, a nivel nacional.  

Con la reanudación de términos prevista para este primero de septiembre, comenzará el agendamiento de los cursos pedagógicos garantizando las normas de bioseguridad y de la nueva realidad social.

Amnistía para morosos

Finalmente, es de señalar que de conformidad con lo establecido en la Ley 2027 de 2020, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020, los infractores, excepto los comparendos impuestos por embriaguez, que tengan pendiente el pago de las multas, están pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito impuestas hasta el 31 de mayo de 2020, podrán acogerse, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito, a un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus respectivos intereses.