Avanzan comisiones regionales de Víctimas | El Nuevo Siglo
Lunes, 9 de Julio de 2012

Siguen en todo el país las reuniones de las nacientes comisiones regionales y distritales del Ministerio Público para la Justicia Transicional, en el marco de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras.

 

Ya se han reunido las comisiones regionales de Sucre los días 21 y 22 de junio; de Córdoba, el 28 y 29 de junio; de Santander, el jueves y viernes pasados.

 

En tanto que este jueves y viernes se reunirá la Comisión Regional del departamento del Cesar y así sucesivamente seguirán los encuentros en los diferentes departamentos.

 

Las comisiones regionales y distritales del Ministerio Público para hacer seguimiento a la aplicación de la Ley 1448 (Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras) están integradas por el procurador regional, procuradores provinciales, el defensor regional del Pueblo, coordinador de procuradores judiciales en lo penal, procuradores judiciales de restitución de tierras, un representante de los personeros municipales del departamento, procuradores judiciales de víctimas y coordinadores de defensoría pública.

 

Estas comisiones tienen un marco de funciones que establecen parámetros de seguimiento y evaluación a los resultados de la Ley dentro de las que están establecidas hacer seguimiento a la Ley 1448 en sus componentes de atención, prevención, asistencia, protección y reparación así como dar aplicación a la Directiva conjunta 004 del 25 de mayo de 2012 del Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo, por medio de la cual se dictan directrices para la atención de las víctimas del conflicto armado.

 

En consecuencia las comisiones regionales y distritales del Ministerio Público para la Justicia Transicional se constituyen en un escenario donde se establecen directrices de coordinación y articulación entre la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y las Personerías Municipales y Distritales, con el fin de desarrollar las acciones en el territorio y hacer seguimiento a la justicia transicional, en particular a lo dispuesto en la Ley 1448 y demás normas relacionadas.