CARLOS ALBERTO ESTEFAN UPEGUI | El Nuevo Siglo
Viernes, 25 de Mayo de 2012

Sistema de precios

 

Una vez sucedió el desmonte en Colombia del Instituto de Mercadeo Agropecuario -Idema-, entidad a cuyo cargo tenía emitir los precios de sustentación de los productos agropecuarios, particularmente de cultivos semestrales como arroz, sorgo, maíz, soya y ajonjolí, los cuales servían de referencia a los agricultores para vender su cosecha dentro de un modelo de abierta intervención estatal, la Bolsa Nacional Agropecuaria de ese entonces, hoy Bolsa Mercantil de Colombia, debió asumir la gran responsabilidad de idear instrumentos representativos del mercado con el fin de promover la real formación de precios.

En eso se hizo un gran esfuerzo al comienzo de la década de los noventas, tanto así que de la mano del Legislativo y del Gobierno, además de haber logrado la aprobación del literal k del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 y que dio pie al Mercado de Compras Públicas que tanto renombre le da hoy a esa Bolsa, también se consiguió la aprobación de varios artículos de la Ley 101 de ese mismo año, denominada Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero, entre ellos el 55 que autoriza a las Bolsas de Productos Agropecuarios legalmente constituidas en Colombia, a desarrollar mercados de futuros y opciones con el fin de proteger el riesgo inherente a las fluctuaciones de precios y darle fluidez y liquidez al mercado; y el 56, mediante el cual se ordena que en la regulación sobre retención en la fuente sobre transacciones de productos de origen agropecuario y pesquero, el Gobierno Nacional propenda porque aquellas que se realicen a través de Bolsas de Productos Agropecuarios legalmente constituidas queden exentas de dicha retención.

Aprovechando la información proveniente del registro de facturas, modalidad inspirada en esa normatividad, el organismo bursátil ha logrado acopiar a lo largo de los años un acervo de datos muy valioso que ahora ha convertido en el denominado Sistema de Información de Precios del Sector.

Asimismo, el Registro de Facturas, soporte principal del Sistema anotado, contribuye a la formalización del mercado; es un instrumento fundamental para el cálculo de tendencias y proyecciones, indispensable para evaluar el comportamiento de los diferentes renglones productivos por región, en especial, para el manejo de indicadores de política sectorial; e igualmente estratégico, para centralizar la información tributaria y poner en evidencia negociaciones que de otra forma permanecerían en el anonimato proclives a la evasión.

Queda revaluado el peregrino concepto de querer asociar esa fuente de precios con una simple función notarial, cuando su alcance e incontrovertible trascendencia saltan a la vista.

*Exgobernador del Tolima