Acaba de ser presentado a la consideración del Congreso de la República el proyecto de ley que adiciona, modifica y prorroga la Ley 418 de 1997, que contiene los mecanismos para promover negociaciones de paz con los grupos armados ilegales. En esta ocasión no solo se busca su prórroga, sino que se le introducen algunas modificaciones.
El proyecto de ley comienza diciendo que “la política de paz será prioritaria en los asuntos de Estado, transversal a estos, e integral, tanto en lo referente a la implementación de acuerdos, como con relación a procesos de negociación, diálogo y acogimiento a la justicia.” La novedad que ofrece el texto es la adopción de la figura del acogimiento.
Por otro lado, el proyecto contempla, entre sus líneas estratégicas, otorgar a los alcaldes y gobernadores facultades para promover diálogos humanitarios como, por ejemplo, proponer un cese al fuego entre grupos armados ilegales. Tales autoridades podrán promover acuerdos de carácter humanitario -que pueden ser acuerdos parciales- que tengan por propósito proteger a la población civil de los enfrentamientos armados y a quienes no participan directamente en las hostilidades.
También podrían tales funcionarios, en el marco de un proceso de paz, acordar una zona de ubicación temporal en determinadas zonas del territorio nacional en donde quedarían suspendidas las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición.
En la propuesta de los diálogos regionales se debe tener especial cuidado con las facultades que se le señalan a los alcaldes y gobernadores por cuanto puede haber algunos de ellos sin ninguna experiencia en el manejo de estos temas o sin ninguna disposición para abordarlos por los factores que intervinieron en su elección. La pregunta espontánea que surge es, ¿por qué estas facultades no permanecen en el Ministerio de Interior? Lo anterior por cuanto al crearse el Ministerio de la Igualdad, según se anuncia, las responsabilidades en la coordinación de los asuntos de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes pasarían a ese nuevo ministerio, y las funciones que le quedarían al del Interior serian reducidas. Los alcaldes y gobernadores pueden actuar de manera coordinada con el Ministerio de Interior, pero no se deben dejar sueltos.
Del mismo modo, según el proyecto, el presidente podrá constituir regiones de paz en las que se adelanten, con su autorización, diálogos de paz. Para tal efecto se priorizarán en su conformación los territorios de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), los municipios categorizados como Zonas más Afectados por el Conflicto (Zomac), que son comunidades con grandes afectaciones a la población civil y con débil presencia del Estado.
Por su parte, se crearán nueve comisionados de paz en regiones para que apoyen al Comisionado nacional, y las diferentes modalidades de servicio social para la paz como alternativa del servicio militar, como promover la alfabetización en zonas rurales o urbanas o para la protección de la naturaleza y la diversidad, entre otras. Estaremos atentos a su trámite en el Congreso.