FERNANDO NAVAS TALERO | El Nuevo Siglo
Miércoles, 30 de Julio de 2014

El pecado original del proceso acusatorio

 

La confrontación entre el fiscal, señor Montealegre, y el ministro de Justicia, señor Gómez Méndez,  respecto del sistema penal acusatorio y sus reformas, obliga, necesariamente, a recordar las críticas que al respecto se han hecho, desde cuando en la Asamblea  Constituyente se propuso su adopción para satisfacer las exigencias  del Imperio Americano al Gobierno para que acogiera  ese procedimiento y así invadir con su política de seguridad a su colonia. Un antecedente se encuentra en la Conferencia sobre protección judicial, celebrada en Washington en abril de 1989.   

El expresidente Lemos, en 1998, escribió: “El cambio en la administración de Justicia del sistema inquisitivo al acusatorio y la creación de nuevas instancias, de nuevas cortes y de incontables leyes no ha generado menos impunidad sino mucho más. El resultado de toda esta calistenia institucional es el de que la Justicia no sea ni justa ni eficiente”. El ministro de Justicia, Carrillo, en respuesta a un comentario de este columnista, el 21 de noviembre de 1991, admitió, sin sonrojo, que “la Constitución promulgada el pasado 5 de julio está aún por hacerse y mal podrían pensar los colombianos  que la Carta Política es mera aplicación de normas…ese es el compromiso del Gobierno, particularmente grave en lo que respecta a la justicia”.

El problema  es de cultura y le asiste razón al ministro Gómez Méndez, cuando critica las innovaciones que persiguen una justicia eficiente independientemente de que sea justa. El sistema acusatorio rompió con una tradición que hacia posible que profanos del derecho, pero asistidos por el sentido común, pudieran defenderse naturalmente, en términos simples  y  exigir del Estado equidad,  investigar tanto lo favorable como lo desfavorable. La realidad hoy es distinta; quien no cuenta con que pagar  a los reconocidos  abogados  está condenado así exista la presunción de inocencia. La acusación es inquisitiva; era una de las aspiraciones del Imperio, acabar con las garantías naturales de defensa y lo consiguieron.

Si se piensa coger por el camino de en medio, tercera vía, hay que  democratizar la administración de justicia penal, derogar los tecnicismos de elites que condujeron a los ciudadanos al desconocimiento total en materia tan importante como es la garantía constitucional de defensa, tanto para el acusado como a la víctima. La convirtieron en un procedimiento formulario, arbitrario e incomprensible.

La reglamentación de los juicios,  penales especialmente,  debe hacerse elemental y de comprensión  para el pueblo. La garantía de una defensa idónea no puede quedar al amparo de la capacidad económica del acusado, ni mucho menos organizada para facilitarles a los abogados del Imperio imponer sus doctrinas; sistemas reñidos con el saber popular de este pueblo analfabeto. Juan Manuel López Caballero, en su estudio sobre “La Violencia de los 90s”, sostiene que: “a la Justicia le cambiamos su sentido ético por el funcional” y esa metamorfosis condujo a los jueces que improvisan a lidiar el juicio como “El proceso”, de Kafka.