Sorprendió la Fiscalía General de la Nación con el anuncio y la consiguiente solicitud de audiencia para imputar al General (r) Montoya, por ciento cuatro asesinatos enmarcados en los llamados falsos positivos, porque de tiempo atrás se sabía que el excomandante del ejército se había acogido a la Justicia Transicional y la JEP lo había aceptado en dicha jurisdicción especial.
Pero más sorpresa ocasiona el saber que la Fiscalía justifica su competencia para dicha actuación, con fundamento en la circular 005 expedida por ella misma, la cual contradice abiertamente la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz y la sentencia de la Corte Constitucional que definió los límites para la actuación del ente acusador en estos casos.
Recordó en su columna el exministro Reyes, protagonista de las discusiones genéticas para la ley estatutaria de la jurisdicción especial, que quedó claro que la Fiscalía debe seguir investigando y recolectando pruebas relacionadas con personas cuyas conductas son competencia de la JEP, pero para ponerlas a disposición de dicha jurisdicción. Es así que no pueden, ni los fiscales ni los jueces ordinarios, proferir decisiones de fondo que impliquen la “determinación de responsabilidades” de dichos vinculados, como tampoco su “citación a práctica de diligencias judiciales”. En otras palabras, está prohibido a la Fiscalía hacer lo que está haciendo, solicitando imputar a una persona, vinculada a la JEP. Parece que, además, la situación ya se ha presentado con otros vinculados y los jueces ordinarios han sido explícitos en repeler la competencia.
Así las cosas, no se entiende la contumacia de la Fiscalía en el presente caso a no ser que la motivación obedeciera a razones diferentes a las estrictamente jurídicas. Esta situación pone a los analistas a tener que hacer cábalas sobre cuál puede ser la real motivación de una situación que desde el punto de vista jurídico parece completamente improcedente. ¿Tendrá que ver la reciente decisión de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en el caso de Venezuela, donde considera que se han cometido delitos de lesa humanidad contra la población y que se encuentran impunes? Ante la posibilidad de que algo similar pueda pasar con Colombia, ¿será que se quiere dejar a salvo una responsabilidad por la demora de nuestro país en tener resultados sobre los falsos positivos y de paso dejar la misma en manos de la JEP?
Por supuesto que no sabemos las reales razones y como se dijo, se trata de meras cábalas o conjeturas que pueden estar equivocadas. Lo único cierto es que todo parece indicar que la Fiscalía carece de competencia para la actuación que ocasionó nuestra sorpresa.
En su momento no fuimos partidarios de la creación de la JEP y criticamos su conveniencia. Sin embargo, hoy hace parte de nuestra institucionalidad y hay que respetar sus competencias, si es que en verdad somos un Estado de Derecho.