Acontecimientos recientes han puesto en evidencia que, en la medida en que son desconocidos o distorsionados los principios y conceptos jurídicos fundamentales -bien por su ignorancia o por falta de entendimiento, ya por la corrupción o por la relajación de las costumbres-, las reglas que deberían gobernar los comportamientos y regir en el seno de la sociedad van perdiendo su sentido y coherencia, van quedando sin soporte y terminan siendo inútiles o, peor todavía, se convierten en obstáculos para realizar los más altos valores -la igualdad, la libertad, la paz, la dignidad humana, y el valor primordial del Derecho, la justicia-, y por tanto, en vez de introducir el orden social, lo perturban por causa de su inaplicación o de su aplicación indebida.
Para aplicar las normas jurídicas de manera que alcancen y realicen los objetivos básicos del sistema en el Estado Social y Democrático de Derecho es indispensable interpretarlas, pero no de cualquier manera o como se quiera sino con arreglo a los principios esenciales que les sirven de fundamento. No se trata de algo que se pueda operar sin método y sin criterio.
No es fácil la tarea de interpretar una disposición, bien sea de la Constitución o de la ley. Implica la búsqueda de su significado, de su finalidad, de su sentido. Y ello no se logra si no hay en el intérprete un criterio sobre los principios que contempla el ordenamiento jurídico, que son la base del sistema.
Se conoce en general como hermenéutica la actividad mental de interpretar textos. Inicialmente aludió a los textos sagrados. Hoy, en el Derecho positivo, la hermenéutica está orientada a la interpretación de las normas jurídicas, y se desarrolla según un método y unas reglas.
Infortunadamente, en nuestro medio -particularmente en el ejercicio de la función pública y hasta en la administración de justicia- se han ido perdiendo de vista no solamente el método y las reglas de la hermenéutica, sino que muchas veces la hermenéutica se olvida por completo. Se aplican las normas sin entender su sentido; ignorando su finalidad y desconociendo los postulados básicos del sistema del cual hacen parte. Falta rigor en la interpretación de las normas y brilla por su ausencia el criterio jurídico.
Peor aún. Hay procesos judiciales en que abogados y jueces, e inclusive altas corporaciones, creen que interpretar una norma consiste en hacerle decir lo que se quiere que diga, en desconexión con el sistema y en arbitraria búsqueda de justificación normativa para lograr los objetivos inmediatos. Inclusive, muchas veces se hacen valer disposiciones contradictorias, se manipulan las interpretaciones y hasta se llega a generar efectos opuestos a los más elementales principios constitucionales. No es extraño que un inciso mal interpretado prevalezca sobre el razonable concepto que informa la integridad del sistema jurídico.
En la preparación universitaria de los abogados resulta indispensable la formación del criterio jurídico. Los textos normativos van cambiando. El estudiante no necesita aprenderlos ni recitarlos, porque están ahí, en los códigos. Debe prepararse para interpretarlos con arreglo a su finalidad, según los principios constitucionales y la hermenéutica. Para realizar la justicia y los demás valores fundamentales.