El artículo 249 de la Constitución Nacional regula la elección del Fiscal General de la Nación, disponiendo que será elegido por la Corte Suprema de Justicia, de terna que le envíe el Presidente de la República. Se supone que se pretendía, con este procedimiento, darle independencia y autonomía al cargo, que, en la Constitución de 1991, formaba parte de la Rama Judicial, bajo el sistema penal inquisitorio, cuando tomaba decisiones judiciales frente a los procesados.
Sin duda, quién elige al Fiscal ahora, en realidad de verdad, es el Presidente de la República, pues de la terna que envía sale el Fiscal. El paso por la Corte no deja de ser un mecanismo perjudicial para la Corporación y para la justicia, pues da lugar a cabildeos, propios de la actividad electoral y no falta quién comprometa su voto, a cambio de alguna cuota burocrática en la Fiscalía, como se ha visto en el pasado. Luego, el Fiscal elegido, cobra el favor, interviniendo en el nombramiento de otros dignatarios, incluso de la misma Corte y así tenemos un sistema perverso. Por supuesto que hay que reformarlo.
La reforma que actualmente cursa en el Congreso de la República pretende invertir las cosas; es decir, que la terna la envíe la Corte Suprema y que quién elija el Fiscal sea el Presidente de la República. Se pretende darle más independencia y autonomía al Fiscal General, pues en tal caso, la que en realidad elegiría el Fiscal sería la Corte Suprema de Justicia, pues saldría de la terna que ella remite.
La pregunta que cabe hacerse, es que es lo que en realidad se necesita, habida cuenta de que hoy, el Fiscal, bajo el sistema penal acusatorio, cumple un papel muy diferente al que originalmente le asignó la Constitución del 91. Ya no toma decisiones judiciales, como lo hacía en otrora época.
En nuestra opinión, la reforma debería ser otra. El Fiscal ya no debe hacer parte de la rama judicial; su papel es diferente. Su trabajo radica más en aplicar las políticas criminales para perseguir la delincuencia y debe dar resultados y rendir cuenta sobre la efectividad de su labor. Esta tarea es propia del gobierno actuante y por ello, pensamos que debería ser elegido por el Presidente de la República de turno y que juntos respondan políticamente por la eficiencia o no de su labor; por el éxito o fracaso en la persecución del delito.
Lo que se pretende con la actual reforma es crear un poder más absoluto dentro de nuestra institucionalidad, que no responderá ante nadie; ni siquiera le deberá el puesto al Presidente. Cuando el Congreso lo cite a rendir cuentas, hará sonar los grillos y de esta manera logrará el silencio por quien debe hacer el control político.