LIONEL MORENO GUERRERO | El Nuevo Siglo
Viernes, 5 de Abril de 2013

La autonomía indígena

 

Hace tres años las autoridades del Cauca y a solicitud de los campesinos que deseaban que sus hijos recibieran una educación moderna, retiraron al Instituto Microempresarial Agropecuario San Andrés de Pisimbalá de entre las instituciones educativas sujetas a la “autonomía indígena”. Los nasas insisten que los niños sean educados según las “normas ancestrales.” La semana pasada los indígenas se tomaron la escuela y en desarrollo del conflicto la iglesia de San Andrés de Pisimbalá, reliquia colonial, declarada patrimonio de la humanidad, fue incendiada, episodio adicional dentro del movimiento, cada día más agresivo de los indígenas, para obtener mayor independencia del gobierno nacional. Es hoy frecuente el aprisionamiento (retención lo llaman) de miembros de la fuerza pública dentro de los resguardos, aduciendo que “hemos ganado este derecho en varias zonas del país donde ejercemos autonomía en nuestros resguardos” y pretenden que no existan acantonamientos de militares o policías dentro de los resguardos. Alegan que son neutrales en la lucha contra la guerrilla (!).

Recientemente más de 10 uniformados han sido aprehendidos y las autoridades tienen que “negociar” su liberación a pesar de las declaraciones oficiales de que el gobierno ejerce soberanía sobre todo el territorio nacional. Las “republiquetas independientes” de que habla el Ministro de Agricultura se están dando con los resguardos indígenas, especialmente en el Cauca. Los indígenas no llegan al 3,5% de la población del país, sin embargo han obtenido que les asignen el 30% del territorio nacional.

En la Constitución se consagra que “Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República.” Esta limitación a la constitución y a las leyes ha sido en la práctica derogada por la Corte Constitucional, para la “que no puede tratarse de todas las normas constitucionales y legales; de lo contrario, el reconocimiento a la diversidad cultural no tendría más que un significado retórico... (sino que) tendrá que consultar(se) entonces el principio de maximización de la autonomía.” Castigos considerados equivalentes a la tortura como la flagelación y el cepo se permiten a los indígenas. Sobre ablación genital femenina, en palabras de la Contralora Sandra Morelli, “no ha habido una sola actuación del Estado como autoridad decidida a proscribir tal conducta.” Tampoco ha habido acción decisiva del Estado contra el abandono en los bosques de gemelos o de niños nacidos con defectos físicos.

Con estas omisiones el estado colombiano viola gravemente sus obligaciones frente a los derechos humanos. La Constitución habla de la participación de los indígenas en las decisiones sobre explotación de recursos naturales en los resguardos, esto se ha convertido en un derecho a veto y en grave obstáculo para el desarrollo económico. Nuestros gobiernos hacen peligrar la unidad nacional con su conducta como lo estamos viendo. ¿Hasta cuándo?